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Revisión y ajuste de POT, PBOT, EOT

Son aquellos proyectos cuyo objetivo es llevar a cabo la revisión del instrumento de ordenamiento territorial vigente. En este sentido se pueden presentar proyectos de revisión general por vencimiento de la vigencia de los contenidos de largo plazo; de igual manera se pueden presentar proyecto de revisión por vencimiento de los contenidos de mediano plazo o se pueden presentar proyectos de modificación excepcional de normas urbanísticas.

Requisitos Sistema General de Regalías 

1.Proyecto formulado en la Metodología General Ajustada


2.Presupuesto:

  • Presupuesto detallado con las actividades necesarias para lograr los productos esperados, acompañado del análisis de precios unitarios o de costos, según aplique.
  • Se debe anexar, además, certificación de la entidad que presenta el proyecto de inversión en la cual conste que los precios unitarios corresponden al promedio de la región y que son los utilizados para el tipo de actividades contempladas en el proyecto.


3.Certificaciones.

  • Certificado suscrito por el representante legal de la entidad que presenta el proyecto de inversión y de aquella donde se va a ejecutar el mismo en el cual se indique que las actividades que se pretenden financiar con recursos del SGR no están siendo, ni han sido financiadas con otras fuentes de recursos.
  • Certificado en el cual conste que el predio no está localizado en zona que presente alto riesgo no mitigable y que está acorde con el uso y tratamientos del suelo de conformidad con el respectivo instrumento de ordenamiento territorial.

Los proyectos de inversión en fase II, además de los requisitos generales definidos en el numeral 6.1. del presente documento, debe presentar un documento técnico que soporte y contenga lo siguiente: planteamiento del problema, antecedentes, justificación, análisis de participantes, objetivos (general y específicos), análisis de alternativas y cronograma de actividades físicas y financieras.

1. Estudios y especificaciones técnicas
  • Los estudios y especificaciones técnicas, con los soportes debidamente  firmados por profesional competente, y certificado en el cual conste que se cumple n las normas técnicas colombianas (NTC) aplicables, así como las normas que establecen mecanismos de integración para las personas con movilidad reducida.
  • Para el caso de los proyectos de inversión que contemplen componentes de infraestructura deben incluirse, también, los diseños, las memorias y los planos legibles que lo soportan técnica y financieramente, firmados por profesional competente con su respectiva matrícula profesional o acompañados de un certificado del representante legal o jefe de planeación de la entidad territorial, o quien haga sus veces, en el cual conste que los documentos o planos originales están debidamente firmados.
  • Para proyectos tipo, los diseños, las memorias y los planos legibles que soportan técnica y financieramente el proyecto de inversión deben ir firmados por el profesional que los implemente, con su respectiva matrícula profesional.

2. Documento técnico de soporte
  • Documento técnico que soporte y contenga lo siguiente: el planteamiento del problema, los antecedentes, la justificación, los análisis de participantes, los objetivos, tanto general como específicos, el cronograma de actividades físicas y financieras y la descripción de la alternativa seleccionada.

3. Titularidad del inmueble
  • Para acreditar la titularidad de bienes inmuebles:

a. Certificado de tradición y libertad expedido con una antelación no superior a tres (3) meses, donde conste que la propiedad corresponde al departamento, municipio, distrito o entidad pública y se encuentra libre de gravámenes o limitaciones a la propiedad que impidan ejercer el derecho de disposición. Lo anterior, no aplica para los bienes de uso público que, conforme a las normas vigentes, no son sujetos de registro. Dicho certificado solo debe adjuntarse una única vez.

b. Cuando se trate de inmuebles localizados en resguardos indígenas o asociaciones de cabildos o autoridades indígenas tradicionales, el acto colectivo del resguardo suscrito por la autoridad tradicional o gobernador, donde señale que el predio se encuentra en su jurisdicción.

c. Cuando se trate de inmuebles localizados dentro de los territorios colectivos de comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras, el documento de titulación expedido por la entidad competente, el cual debe acompañarse de un aval suscrito por las correspondientes autoridades de las citadas comunidades certificadas por el Ministerio del Interior.

En el caso de los municipios y en aplicación del artículo 48 de la Ley 1551 de 2012, bastará con que acrediten la posesión del bien objeto de intervención y su destinación al uso público o a la prestación de un servicio público.


4. Certificaciones
  • Para los proyectos de inversión que contemplen dentro de sus componentes infraestructura y requieran para su funcionamiento y operación la prestación de servicios públicos, se requiere el certificado suscrito por los prestadores de servicios públicos domiciliarios o la constancia del representante legal de la entidad donde se ejecutará el proyecto en el cual conste que los predios por intervenir cuentan con dicha disponibilidad.
  • El certificado de sostenibilidad del proyecto de inversión suscrito por el representante legal de la entidad donde se ejecutará el proyecto, de acuerdo con su competencia, avalado por el operador de servicio, cuando aplique, en el cual garantice la operación y el funcionamiento de los bienes o servicios entregados con ingresos de naturaleza permanente. Cuando no proceda realizar sostenibilidad del proyecto se debe justificar por escrito esta circunstancia.


5. Matriz de riesgos
  • Para los proyectos que contemplen dentro de sus componentes infraestructura, se debe elaborar análisis de riesgos de desastres, de conformidad con lo establecido en el artículo 38 de la Ley 1523 de 2012, de acuerdo con la escala de diseño del proyecto.

Para proyectos Fase III:

  1. Documento técnico que contenga: Tipo de revisión; listado de documentos resultado del proyecto (Estudios básicos para la gestión del riesgo, memoria justificativa, documento de seguimiento y evaluación, documento técnico de soporte, proyecto de acuerdo, documento resumen); listado de profesionales que participarán del proyecto con la justificación de su participación y la dedicación y las acciones necesarias para garantizar la participación ciudadana en el proceso de revisión.
  2. Documento de seguimiento y evaluación. (No aplica si su elaboración se encuentra dentro del alcance del proyecto).
  3. Estudios básicos para la incorporación de la gestión del riesgo. (No aplica si su elaboración se encuentra dentro del alcance del proyecto).

Normatividad 

Ley 388 de 1997 

Decreto 1077 de 2015 

“Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio” 


Artículo 2.2.2.1.2.3.1
Revisión general de Planes de Ordenamiento Territorial
Artículo 2.2.2.1.2.3.2
Revisión por vencimiento de mediano plazo o modificación excepcional de normas urbanísticas


Recomendaciones específicas para la formulación del proyecto

  1. Establecer con total claridad si se trata de una revisión general, revisión por vencimiento de la vigencia de mediano plazo o modificación excepcional de normas urbanísticas
  2. El proyecto deberá incluir en su alcance, el acompañamiento a la administración municipal para surtir los procesos de concertación, consulta, aprobación y adopción ante las instancias correspondientes.
  3. Si el municipio cuenta con expediente municipal o el documento de seguimiento y evaluación, aportarlo en el momento de la solicitud. En caso contrario se incorporará como uno de los productos del proyecto.
  4. Si el municipio cuenta con “Estudios básicos para la incorporación de la gestión del riesgo”, aportarlos. En caso contrario se incorporará como uno de los productos del proyecto.
  5. El equipo de trabajo planteado en el presupuesto deberá coincidir con el establecido en el documento técnico.
  6. Los honorarios establecidos para los profesionales del equipo de trabajo, deberán estar soportados en el acto administrativo que defina los honorarios para el municipio y/o departamento.
  7. Se podrán incluir los costos de legalización del contrato para lo cual se deberá aportar una certificación expedida por la dependencia correspondiente en la administración municipal donde se indique el porcentaje de los impuestos municipales aplicables al proyecto.
  8. Se deberá garantizar que el equipo de interventoría esté conformado por los profesionales idóneos, de tal manera que se garantice la calidad técnica de los productos entregados a la entidad territorial.
  9. En caso de que se plantee la estructuración de un Sistema de Información Geográfico, para la administración de la cartografía, se recomienda que por lo menos 1 funcionario de planta, quede capacitado para realizar la administración del SIG en el proceso de implementación de la revisión del plan.
  10. Las actividades planteadas en el cronograma de trabajo deberán coincidir con las actividades planteadas en el documento técnico y en los capítulos del presupuesto.
  11. A cada una de las actividades planteadas para desarrollar de deberá corresponde un producto.
  12. Elaborar un cuadro soporte con la dedicación de los profesionales que conforman el equipo de trabajo.
  13. Para los ítem que requieran compra o alquiler de equipos e insumos, se deberán presentar por lo menos dos cotizaciones y el estudio de mercado respectivo.
Modificado el Dom, 07/08/2022 - 19:40