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Minvivienda aclara proceso de escrituración de viviendas gratuitas en Sincelejo

Bogotá, D.C.
Bogotá D.C., 27 de febrero de 2014. (MVCT).- Tras las quejas presentadas por el Notario Segundo Municipal de Sincelejo, Éver Feria Tovar, sobre la decisión del constructor del proyecto, Unión Temporal Vivisa S.A., y Fidubogotá de radicar en Barranquilla la escritura de los apartamentos de la urbanización Altos de la Sabana, del programa de 100 cien mil viviendas gratis que se está ejecutando en el municipio de Sincelejo.

En el proyecto Altos de la Sabana  se edificarán 2.183 apartamentos del programa de vivienda gratuita.


Panorámica proyecto Altos de la Sabana, Sincelejo. Foto: archivo. MVCT.
 
 
Bogotá D.C., 27 de febrero de 2014. (MVCT).- Tras las quejas presentadas por el Notario Segundo Municipal de Sincelejo, Éver Feria Tovar, sobre la decisión del constructor del proyecto, Unión Temporal Vivisa S.A., y Fidubogotá de radicar en Barranquilla la escritura de los apartamentos de la urbanización Altos de la Sabana, del programa  de 100 cien mil viviendas gratis  que se está ejecutando en el municipio de Sincelejo, Minvivienda aclara que para el proceso de escrituración los beneficiarios no deberán trasladarse a Barranquilla.
 
Para dicho proceso, los beneficiarios de las viviendas que fueron asignadas mediante el sorteo, otorgan poder para realizar todos los trámites de escrituración por lo tanto no deben desplazarse a otra ciudad.
 
Una vez se han agotado todos los trámites por parte de Fidubogotá ante la notaría, se les hace entrega a los beneficiarios la vivienda, la primera copia de la escritura, del certificado de tradición y libertad, es decir, que el beneficiario recibe el título que lo acredita como propietario del inmueble.
 
Minvivienda recuerda que la Ley 1537 de 2012 prevé unas limitaciones en el derecho de dominio para el titular en la que no podrá enajenar el inmueble antes de 10 años,  por ende no requerirá de copias adicionales de su escritura. Pasado este tiempo, si así lo requiere el titular podrá hacerlo mediante vía electrónica a la notaria, consignando el valor de las copias.
 
 
Modificado el Lun, 26/10/2020 - 15:12