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Certificado de existencia de la vivienda solicitado por las Cajas de Compensación Familiar para el desembolso del SFV

Resumen

El oferente de la solución de vivienda (Constructor), certifica que la vivienda existe y fue construida conforme a los planos, diseños y especificaciones técnicas aprobadas en la respectiva licencia urbanística.

Resumen una linea
El costo del certificado debería ser asumido por el constructor, quien debe dar fe de las actividades de construcción y enajenación de inmuebles destinados a vivienda.
Fecha Concepto
Radicado Salida
2024EE0007348
Radicado de Entrada
2024ER0001091
Modificado el Mar, 20/08/2024 - 10:16