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Estado
Fecha de la Norma
Por la cual se fija fecha de apertura y cierre de la convocatoria para la postulación al Subsidio Familiar de Vivienda urbano, para hogares afectados por situación de desastre en los municipios de Canalete, San Bernardo del Viento, Cereté, La Apartada, Purísima, Momil y Cotorra del Departamento de Córdoba, Guaranda (Sucre), y por situación de calamidad pública en los municipios de Ciénaga de Oro (Córdoba), Cartagena (Bolívar), Carmen de Apicalá (Tolima) y Flandes (Tolima).
Por la cual se asignan doce mil setecientos cuarenta (12.740) Subsidios Familiares de Vivienda, correspondientes a recursos para población en situación de desplazamiento.
Por la cual se reconoce y ordena el pago de unas obligaciones del Presupuesto del Fondo Nacional de Vivienda - FONVIVIENDA para la vigencia 2007 de Pasivos Exigibles - Vigencias Expiradas.
Por la cual se rechazan unos recursos de reposición.
Por la cual se rechaza un recurso de reposición.
Por la cual se rechazan unos recursos de reposición.
Por la cual se niegan unos recursos de reposición.
Por la cual se rechaza un recurso de reposición.
Por la cual se rechazan unos recursos de reposición.
Por la cual se rechazan unos recursos de reposición.
Por la cual se rechazan unos recursos de reposición.
Por la cual se asignan cincuenta y ocho (58) Subsidios Familiares de Vivienda urbana en la modalidad de mejoramiento de Vivienda de Interés Social en el Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.
Por medio de la cual se aceptan unas renuncias parciales de subsidio familiar de vivienda.
Por medio de la cual se aceptan unas renuncias de subsidios familiares de vivienda.
Por medio de la cual se aclaran las Resoluciones números 784 de 2004; 139, 146, 689, 1715, 1762 y 1765 de 2006; 51, 157, 172 y 379 de 2007 por las cuales se asignaron unos subsidios familiares de vivienda.
Por medio de la cual se aceptan unas renuncias de subsidios familiares de vivienda.
Por medio de la cual se aceptan unas renuncias de subsidios familiares de vivienda.
Por el cual se establece la transferencia de los recursos del subsidio familiar de vivienda urbana a cuentas de ahorro, para los hogares afectados por situación de desastre, situación de calamidad pública o emergencias que se presenten o puedan acaecer por eventos de origen natural.
Por la cual se establece una fecha para que los planes de mejoramiento de vivienda cuenten con el certificado de legibilidad vigente y sean objeto de calificación para participar en la Bolsa Única de Mejoramiento de que trata el Decreto 3702 de octubre 20 de 2006.
Por la cual se asignan 21664 Subsidios Familiares de Vivienda por Habilitación Legal de Titulos.