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¿Las Licencias se pueden modificar, prorrogar o revalidar?

Tema
Licencias Urbanísticas
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Respuesta
Las licencias urbanísticas tienen una vigencia determinada, las cuales pueden ser objeto de prórrogas, modificaciones y revalidaciones, siempre y cuando cumplan con los requisitos necesarios para el otorgamiento de cada una de estas figuras.
Se entiende por prórroga de la licencia, la ampliación del término de vigencia de la misma, es decir del plazo otorgado para su ejecución, el cual solo podrá ampliarse siempre y cuando se solicite: i) “dentro” de los treinta (30) días calendario, anteriores al vencimiento de la respectiva licencia, ii) y se allegue certificación del urbanizador o constructor responsable sobre el inicio de la obra.
La modificación de una licencia vigente. Es la introducción de cambios urbanísticos, arquitectónicos o estructurales a un proyecto con licencia vigente, siempre y cuando cumplan con las normas urbanísticas, arquitectónicas y estructurales y no se afecten espacios de propiedad pública.
Las modificaciones de licencias vigentes se resolverán con fundamento en las normas urbanísticas y demás reglamentaciones que sirvieron de base para su expedición. En los eventos en que haya cambio de dicha normatividad y se pretenda modificar una licencia vigente, se deberá mantener el uso o usos aprobados en la licencia respectiva. (Artículo 2.2.6.1.1.1 Modificado por el Decreto 1203 de 2017, art. 2
La revalidación de las licencias está prevista para los eventos en los cuales las obras que fueron aprobadas mediante una licencia, no se han terminado de ejecutar o construir, toda vez que la misma se otorga, con el fin que las obras y actuaciones aprobadas en la licencia vencida, se culminen; siempre y cuando el proyecto mantenga las condiciones originales con el que fue aprobado, y se cumpla con los requisitos fijados en la norma.
Modificado el Lun, 31/08/2020 - 16:23