Tema
Licencias Urbanísticas
Respuesta
Según el artículo 2.2.6.1.1.3 del Decreto 1077 de 2015, el estudio, trámite y expedición de las licencias de urbanización, parcelación, subdivisión y construcción corresponde a los curadores urbanos en aquellos municipios y distritos que cuenten con la figura. En los demás municipios y distritos y en el departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina le corresponde a la autoridad municipal o distrital competente.
Modificado el Mié, 09/07/2025 - 15:39