Resumen
Las empresas y particulares que presten servicios de remodelación de inmuebles deben cumplir con los protocolos que establezca el Ministerio de Salud y Protección Social. Subrayando que en caso de requerir realizar obras de remodelación en inmuebles habitacionales que estén sometidos a régimen de propiedad horizontal, desde el 1 de julio de 2020 se encuentra habilitada la posibilidad de iniciar las actividades, siempre y cuando se cumpla con los protocolos de bioseguridad
Archivo
Fecha Concepto
Temática
Radicado Salida
2020EE0062791
Dependencia
Radicado de Entrada
2020ER0062719
Modificado el Jue, 18/03/2021 - 10:26