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¿Cuál es la definición, características técnicas y diferencias entre edificación convencional y no convencional?

Tema
Norma sismo resistente (NSR-10)
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Respuesta
Al respecto, cabe señalar lo establecido en la sección A.13.1 del Reglamento NSR-10:

“(…)Edificación convencional — De acuerdo con el artículo 3 de la Ley 400 de 1997, se entiende por edificación convencional aquella estructura que está concebida de tal manera que su geometría, dimensiones generales, dimensiones de sus miembros estructurales, materiales estructurales empleados y procedimientos de dimensionamiento y determinación de la resistencia de sus miembros estructurales ante todas las solicitaciones a que puedan verse afectados durante su vida útil, estén previstos dentro de la normativa y reglamentación contenida en el Reglamento NSR-10.

Edificación no convencional — De acuerdo con el artículo 3 de la Ley 400 de 1997, se entiende por edificación no convencional aquella estructura que no cumple alguno o ningún requisito del Reglamento NSR-10, ni está prevista dentro de su alcance respecto a los materiales estructurales permitidos, los procedimientos de diseño aceptados por el Reglamento, las dimensiones permitidas, las calidades de los materiales estructurales exigidas, las solicitaciones y cargas que deban tenerse en cuenta en el diseño, o cualquier otro requisito exigido por el Reglamento. Para la construcción de edificaciones y estructuras no convencionales deberá cumplirse con lo previsto en el Capítulo II del Título III de la Ley 400 de 1997 sobre otros materiales y métodos alternos de diseño y construcción. (…)” (Negrilla y subraya fuera del texto original).

Conforme a lo expuesto, la norma citada establece la definición de las edificaciones convencionales y no convencionales, fijando los criterios técnicos para la diferenciación de cada una de estas.
Modificado el Mié, 23/03/2022 - 20:23