Tema
Licencias Urbanísticas
Respuesta
"Según la normativa (numeral 2 del artículo 2.2.6.1.1.4 del Decreto 1077 de 2015), las modificaciones al urbanismo inicial solo se pueden solicitar sobre las áreas que originalmente estaban destinadas al espacio público y que forman parte del 20% del total de las cesiones que aún no se hayan entregado ni material ni jurídicamente. Esto significa que no se pueden modificar las áreas privadas o las áreas ya construidas del proyecto original.
Estas modificaciones se permiten únicamente en los siguientes casos:
- Cambios en información catastral o mediciones geográficas: Si entre la fecha en que venció la licencia original y el momento en que se solicita la licencia de saneamiento ha habido cambios en los planos catastrales o en la medición de las coordenadas geográficas del terreno.
- Con el único propósito de finalizar: El objetivo principal de estas modificaciones es completar la construcción y dotación de las zonas destinadas al espacio público (como parques, zonas verdes, vías públicas, etc.) o para finalizar el proceso de entrega y escrituración de estas áreas al municipio o distrito.
Importante a tener en cuenta:
- No se pueden autorizar obras o intervenciones en las áreas privadas del proyecto original.
- No se permite el traslado o la compensación económica de las obligaciones urbanísticas (es decir, no se puede pagar en dinero lo que se debía construir como espacio público)."
Estas modificaciones se permiten únicamente en los siguientes casos:
- Cambios en información catastral o mediciones geográficas: Si entre la fecha en que venció la licencia original y el momento en que se solicita la licencia de saneamiento ha habido cambios en los planos catastrales o en la medición de las coordenadas geográficas del terreno.
- Con el único propósito de finalizar: El objetivo principal de estas modificaciones es completar la construcción y dotación de las zonas destinadas al espacio público (como parques, zonas verdes, vías públicas, etc.) o para finalizar el proceso de entrega y escrituración de estas áreas al municipio o distrito.
Importante a tener en cuenta:
- No se pueden autorizar obras o intervenciones en las áreas privadas del proyecto original.
- No se permite el traslado o la compensación económica de las obligaciones urbanísticas (es decir, no se puede pagar en dinero lo que se debía construir como espacio público)."
Modificado el Vie, 20/06/2025 - 11:28