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¿El reconocimiento de la existencia de una edificación es una clase de licencia?

Tema
Licencias Urbanísticas
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Respuesta
El reconocimiento de la existencia de una edificación no es una modalidad o clase de licencia urbanística, sino una actuación por medio de la cual se declara la existencia de los desarrollos arquitectónicos que se ejecutaron sin obtener tales licencias, siempre y cuando, cumplan con el uso previsto por las normas urbanísticas vigentes y que la edificación se haya concluido como mínimo cinco (5) años antes de la solicitud de reconocimiento, al momento de la entrada en vigencia de la Ley 1848 de 2017.
Modificado el Jue, 24/03/2022 - 18:47