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¿Cuál es la vigencia de los planes de ordenamiento territorial?

Tema
Planes de Ordenamiento Territorial
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Respuesta
"La Ley 388 de 1997 estableció la obligatoriedad para los municipios, de formular los respectivos planes de ordenamiento territorial - POT, y definió entre otros las vigencias y condiciones en las cuales se podrá adelantar su revisión, en este sentido, en su artículo 28, modificado por el artículo 120 del Decreto Ley 2106 de 2019 definió que el contenido estructural del plan tendrá una vigencia de largo plazo.
Adicionalmente, la Ley 1551 de 2012, por la cual se dictan normas para modernizar la organización y el funcionamiento de los municipios, definió en el numeral 9 del artículo 6 que los Planes de Ordenamiento Territorial serán presentados para revisión ante el Concejo Municipal o Distrital cada 12 años, que para este efecto se entenderá como el correspondiente a tres períodos constitucionales de las administraciones municipales y distritales completos."
Modificado el Mié, 30/03/2022 - 15:12