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Fecha de la Norma
Por el cual se establecen las responsabilidades de los beneficiarios del subsidio familiar de vivienda urbana en especie, se establecen las condiciones para su restitución y se dictan otras disposiciones.
Por el cual se reglamentan los artículos 48 de la Ley 546 de 1999 y 123 de la Ley 1450 de 2011, en lo que respecta a la política contracíclica para el ofrecimiento de una cobertura de tasa de interés para vivienda nueva.
Por el cual se modifican los artículos 7º y 9º del Decreto 1350 de 2012.
Por el cual se reglamentan las condiciones para la concurrencia de terceros en la adquisición de inmuebles por enajenación voluntaria y expropiación por vía judicial o administrativa.
Por el cual se establece el valor del Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social para Áreas Urbanas y se dictan otras disposiciones.
Por el cual se reglamenta el tratamiento preferente a las madres comunitarias en el acceso al Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social Urbano.
Por el cual se reglamentan el cumplimiento de los porcentajes de suelo destinado a programas de Vivienda de Interés Social para predios sujetos a los tratamientos urbanísticos de desarrollo y renovación urbana y se dictan otras disposiciones.
Por el cual se designa Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio Ad-hoc. Listado de proyectos en donde el doctor Germán Vargas Lleras se declara impedido para conocer y decidir sobre asuntos relacionados sobre su ejecución.
Por el cual se designa Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio ad hoc. Por el cual se acepta el impedimento manifestó por el señor Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio, doctor Germán Vargas Lleras, para conocer y decidir sobre los asuntos relacionados con la ejecución de proyectos que se adelanten por varias empresas de servicios públicos en distintos municipios, a las cuales el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, a través del Viceministerio de Agua y Saneamiento Básico, brinda asistencia técnica y apoyo financiero, ya que a la fecha, los respectivos contratos de operación de servicios de agua potable y saneamiento básico deben ser reestructurados y posiblemente solicitan apoyo financiero de la Nación, y el señor Ministro tiene relación de amistad con los socios de las respectivas empresas de servicios públicos.
Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1040 de 2012.
Por la cual se reglamenta el parágrafo 1º del artículo 61 de la Ley 388 de 1997 realtivo al anuncio de programas, proyectos u obras de utilidad pública o interés social.
Por el cual se modifica el artículo 1 del Decreto 2474 de 1999.
Por el cual se reglamenta la tasa retributiva por la utilización directa e indirecta del agua como receptor de los vertimientos puntuales, y se toman otras determinaciones.
Por el cual se crea la condecoración Medalla al Mérito "Patricio Samper Gnecco" por el aporte en materia de vivienda, desarrollo territorial y urbano, agua potable y saneamiento básico.
Por medio del cual se establece un criterio de focalización, y se dictan otras disposiciones.
Pr el cual se reglamenta el artículo 14 de la Ley 1537 de 2012.
Por el cual se modifican los artículos 59 y 61 del Decreto 2190 de 2009.
Por el cual se establecen los lineamientos generales para la integración de la planeación y la gestión.
Por el cual se reglamenta el artículo 21 de la Ley 1450 de 2011 y se dictan otras disposiciones.
Por el cual se designa Ministro de Vivienda Ciudad y Territorio ad hoc. Por el cual se acepta el impedimento manifestado por el señor Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio, doctor Germán Vargas Lleras, para conocer y decidir sobre los asuntos que por competencia deban ser resueltos por El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y que estén relacionados directa o indirectamente con la empresa generadora y comercializadora de energía EMGESA SA ESP, particularmente en lo que tiene que ver con la ejecución del proyecto denominado "Construcción de la Estación Elevadora de Aguas Residuales de Canoas para el Distrito Capital de Bogotá", el cual cuenta con apoyo financiero del Ministerio, por conducto del Viceministerio de Agua y Saneamiento Básico.