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Mi Casa Ya

Abecé Mi Casa Ya


Mi Casa Ya es un programa, a través del cual el Gobierno del Cambio entrega subsidios para comprar vivienda nueva a los hogares más vulnerables.


¿Cuáles son los requisitos?

El programa está dirigido a colombianas y colombianos interesados en adquirir vivienda nueva, que no han sido beneficiarios de otro subsidio de vivienda y que no son propietarios en el territorio nacional. Además, el hogar interesado debe haber realizado la encuesta Sisbén IV y tener una clasificación igual o inferior a D11 para hogares urbanos y D20 para hogares rurales. 


Requisitos para aplicar a Mi Casa Ya. Fuente: elaboración MVCT


El hogar interesado en acceder a Mi Casa Ya debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de interés social o prioritario, urbana o rural, de su preferencia, en el proyecto que le llame la atención. Una vez tome la decisión debe acercarse a la entidad financiera de su elección, a la entidad de economía solidaria o a la caja de compensación familiar que prefiera para tramitar el crédito hipotecario o el leasing habitacional cobijado con la medida. 

¿Cuáles son los beneficios?

Mi Casa Ya brinda dos beneficios a los hogares: en primer lugar, otorga un subsidio a la cuota inicial por un monto que dependerá del grupo de Sisbén en el que el hogar interesado está clasificado.  

En áreas urbanas, los hogares en Sisbén clasificados entre los grupos A1 y C7 reciben un subsidio de 30 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) para el pago de su cuota inicial. Por su parte, los hogares con una clasificación de Sisbén entre C8 y D11 tendrán un subsidio correspondiente a 20 SMMLV. En áreas rurales, aquellos con Sisbén entre A1 y C14 reciben un subsidio de 30 SMMLV, mientras que a los que tienen una clasificación de Sisbén entre C15 y D20, se les otorgará un subsidio de 20 SMMLV.


Beneficios de Mi Casa Ya. Fuente: elaboración MVCT


Adicionalmente, Mi Casa Ya beneficia a los hogares con una cobertura a la tasa de interés del crédito hipotecario o leasing habitacional, que se otorga durante los primeros 7 años del crédito hipotecario o leasing habitacional, con el fin de reducir las cuotas mensuales a pagar, y su monto depende del tipo de vivienda adquirida. Así, cuando los hogares adquieren una vivienda de interés prioritario (VIP), la cobertura es de 5 puntos porcentuales (p. p.) sobre la tasa de interés pactada con la entidad financiera, mientras que, para aquellos hogares que adquieren una vivienda de interés social (VIS), con un precio mayor a 90 SMMLV, la cobertura representa una reducción de 4 p. p. 


¿Cómo se priorizan los hogares beneficiarios?

Los subsidios se otorgan con una priorización para la población en condiciones especiales de vulnerabilidad, y la que está ubicada en zonas rurales y municipios pequeños. A todo hogar interesado en el programa se le asignará un puntaje, que irá de 0 hasta 100, según sus características y la ubicación del proyecto de vivienda que desea adquirir. Siempre que haya cupos, los subsidios se entregarán a los hogares de mayor puntaje.

La siguiente tabla muestra los criterios de priorización y los puntajes asignados a cada uno. El puntaje total del hogar será la suma del puntaje que recibe en cada uno de los criterios.


Criterio

Puntaje máximo por criterio

Categoría

Puntaje por categoría

Clasificación del hogar en Sisbén IV

30

Subgrupos del A1 al A5

30

Subgrupos de B1 al B7

25

Subgrupos del C1 al C18

15

Subgrupos del D1 al D20

10

Municipio de ubicación de la vivienda

20

Municipios categoría 5 y 6

20

Municipios categoría 3 y 4

15

Municipios de categoría especial, 1 y2

0

Área de ubicación de la vivienda

20

Rural

20

Urbano

0

Tipo de vivienda

20

Vivienda de Interés Prioritario (VIP)

20

Vivienda de Interés Social (VIS)

0

El hogar es víctima del conflicto armado

5

5

No

0

El hogar cumple algún criterio de enfoque diferencial: mujeres cabeza de familia de los estratos más pobres de la población, las trabajadoras del sector informal, las madres comunitarias, las personas de la tercera edad, los miembros de comunidades étnicas, la población en situación de discapacidad, los miembros de la fuerza pública y los familiares beneficiarios de estos que hubieren fallecido en actos del servicio, y personal que haya tenido disminución en capacidad psicofísica o incapacidad absoluta permanente por gran invalidez

5

5

No

0



Criterios y puntaje para priorización de beneficiarios. Fuente: elaboración MVCT

¿Qué pasa con los hogares previamente interesados?


Para fines operativos, todos los hogares que actualmente se encuentran en estado ‘Habilitado” se denominarán “Interesado”. Esta condición tendrá vigencia hasta el 30 marzo de 2024. Transcurrido este tiempo, el registro se anulará, y, si el hogar desea postularse otra vez, tendrá que realizar un nuevo registro. Solo se permitirá un registro activo por hogar.


Las asignaciones se realizarán a hogares en estado “Interesado” que cumplan con los requisitos del programa. A partir del 1.° de abril, se aceptarán nuevas postulaciones de manera permanente. 


Para que el hogar sea incluido en el estado "Interesado", debe cumplir con el requisito de Sisbén. Por lo anterior, si no cuenta con clasificación en el Sisbén, debe adelantar las gestiones para ello. Transcurrido un año, si el hogar no continúa el proceso, su registro se anulará y tendrá que postularse de nuevo. 


La postulación al programa debe realizarse en una plataforma dispuesta por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.


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No, para acceder al programa debe contar con una clasificación en Sisbén IV. Si no la tiene, por favor solicite la encuesta como se describió en la respuesta...

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Modificado el Mar, 14/03/2023 - 10:57