
Objetivo
En materia de desarrollo urbano y territorial, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio formula, coordina y ejecuta políticas y lineamientos que direccionan la consolidación de territorios más amables, compactos, sostenibles y no segregados.
Para lograr este fin, se realizan jornadas de capacitación y asistencia técnica a municipios y regiones en temas de ordenamiento territorial, se promocionan operaciones urbanas integrales, y se formulan programas de orientación y acompañamiento a los municipios para que ejecuten proyectos de mejoramiento integral de barrios y de renovación urbana, mediante los cuales se adelantan obras de: prevención y reducción de riesgos, vivienda, infraestructura para la prestación de servicios públicos, mejoramiento y adecuación del espacio público, equipamientos y sistemas de movilidad con acompañamiento social".
Guía de Fichas Técnicas de Proyectos VIS y VIP con Prácticas de Sostenibilidad
Fichas técnicas
Clima Frío
Clima Calido Húmedo
Clima Templado
Clima Cálido Seco
Guía de Estrategias de Sostenibilidad y Resiliencia para los Mejoramientos de Vivienda en Colombia
Ejercicios
Herramientas Digitales

Aula de financiamiento territorial
Conoce los instrumentos de financiación del ordenamiento territorial
Conoce como revisar e implementar el Plan de Ordenamiento Territorial
Conoce los municipios priorizados y qué hacemos en cada uno
-
Mejoramiento Integral de Barrios
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Macroproyectos de Interés Social Nacional
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Subdirección de Políticas de Desarrollo Urbano y Territorial
Mejoramiento Integral de Barrios

El Mejoramiento Integral de Barrios busca mejorar las condiciones de vida de la población pobre y de extrema pobreza, mediante la renovación de su entorno habitacional de manera conjunta entre la Nación, el municipio y la comunidad. Este programa contribuye a lograr el cumplimiento de las metas del progreso social, desarrollo sostenible y disminución de la pobreza, es decir mayor prosperidad para toda la población, mediante el ordenamiento urbano del barrio, la legalización y regularización del mismo, y la ejecución de obras de infraestructura básica y equipamiento.
- Incorporar parámetros de sostenibilidad ambiental, urbana y de gestión del riesgo en el desarrollo de las ciudades. Implementar la Política Nacional de Mejoramiento Integral de Barrios Documento CONPES 3604 de 2009, a través de la cual:
- Se le de prioridad a los componentes de seguridad ciudadana y gestión del riesgo, incorporando acciones de mitigación o reasentamiento.
- Se amplie la cobertura del programa de titulación predial
- Se promueva acciones de ampliación de coberturas reales que incluyan esquemas para el financiamiento de conexiones intradomiciliarias para los hogares más pobres.
Legalización de Asentamientos

A través de la legalización de los asentamientos humanos, que se desarrollaron en territorios sin el cumplimiento de las normas urbanísticas, se reconoce la existencia, en el contexto urbanístico de una ciudad, mediante la elaboración de un estudio de regularización urbanística y expidiendo la reglamentación respectiva, sin contemplar los derechos de propiedad a favor de eventuales poseedores.
La Ley 9 de 1989 en su artículo 48, autoriza la legalización por parte de los concejos y las juntas metropolitanas, como acto concerniente al ordenamiento del desarrollo de su territorio, actuación que puede ser delegada en los alcaldes municipales o distritales.
Este proceso de legalización solamente es de carácter urbanístico.
Estructuración de Proyectos
Los municipios interesados en la estructuración de proyectos de mejoramiento integral de barrios, requieren disponer de la información documental y cartográfica existente sobre los barrios y/o sectores incluidos dentro del tratamiento de mejoramiento, definido en sus respectivos Planes de Ordenamiento Territorial vigentes.
La articulación de las políticas sectoriales en el territorio para adelantar acciones orientadas al mejoramiento físico, social, económico, organizacional y ambiental de asentamientos precarios los recursos se focalizan en esfuerzos por parte del sector público y privado. Dicha gestión deberá enfocarse prioritariamente en los ámbitos: Público (Sistemas estructuradores urbanos), Privado (Sistemas estructurados complementarios) y Social y Económico. Cada uno de estos ámbitos desarrolla una serie de componentes que permite la estructuración de los proyectos.
- Ámbito público: Componente de Ordenamiento (Regularización urbanística, Legalización urbanística y Asistencia Técnica en Procesos de reasentamiento); Componente de Servicios públicos domiciliarios (Redes Locales de Acueducto, Redes locales de alcantarillado de aguas servidas y lluvias, Aseo (residuos sólidos), Redes de Energía Eléctrica); Componente de Riesgos, recuperación y protección ambiental (Obras mitigación de riesgos, Obras recuperación ambiental ); Componente de Accesibilidad y Movilidad (Vías acceso vehicular, conexión del barrio, Andenes, ciclo-rutas, escalinatas); y Componente de Espacio Público y Equipamientos (Zonas verdes, alamedas, Parques infantiles, Canchas y centro deportivos).
- Ámbito privado: Componente de Mejoramiento de Vivienda y Componente de Titulación.
- Ámbito social y económico: Componente de Desarrollo Social (Planeación Participativa, Organización Social, Seguridad y Convivencia) y Componente de Fortalecimiento local (Identificación capacidad operativa, Priorización inversiones y la evaluación del impacto de la inversión)
- Identificación de los asentamientos precarios por parte de las entidades territoriales así como las zonas en donde dichos asentamientos presentan condiciones de riesgos, para el desarrollo de los respectivos estudios de riesgos.
- Planeación de la intervencióncon base en los resultados de los estudios de riesgo del asentamiento seleccionado, estableciendo los escenarios de mejoramiento en áreas de riesgo mitigable y de reasentamiento y/o reubicación en áreas de riesgo no mitigable, los cuales pueden plantear escenarios de re-densificación en áreas disponibles al interior del área de intervención como parte del reordenamiento urbano, así como el desarrollo de los estudios técnicos respectivos para la formulación del programa y/o proyecto y su posterior incorporación al POT.
- Gestión de proyectos en el marco institucional que permita articular las diferentes fuentes de financiación como la priorización de los componentes a intervenir en concordancia con las condiciones del asentamiento. Así mismo, se definirá los instrumentos necesarios para adelantar la intervención en concordancia con lo establecido en los POT de las entidades territoriales.
- Ejecución garantizando la coordinación de las distintas inversiones sectoriales junto con la participación de la comunidad.

Guía: Acompañamiento aplicado a los Mecanismos de Recuperación y Sostenibilidad del EP y Asentamientos Precarios
Presentación: Legalización de Asentamientos
Guía: Licenciamiento Urbanístico, Reconocimiento y Legalización Asentamientos
Guía: Lineamientos para la Consolidación de la Política de MIB
Presentación: Programa Mejoramiento Integral de Barrios
Macroproyectos de Interés Social Nacional

Los Macroproyectos de Interés Social Nacional son intervenciones promovidas por el Gobierno Nacional que vinculan instrumentos de planeación, financiación y gestión del suelo para ejecutar una operación de gran escala que contribuya al desarrollo territorial, de determinados municipios, distritos o regiones del país. El objetivo de estos macroproyectos es el de aumentar la oferta de suelos urbanizados para el desarrollo de programas de vivienda de interés social y prioritario (VIS – VIP), especialmente en los municipios y distritos del país que concentran un importante déficit habitacional y donde se han encontrado dificultades para disponer de suelo para el desarrollo de los programas VIS - VIP.
Los macroproyectos se clasifican en:Primera Generación
El Plan Nacional de Desarrollo 2006-2010 incorporó dentro de los programas integrales de ciudades amables la figura de Macroproyectos de Interés Social Nacional- MISN (artículo 79, Ley 1151 de julio 24 de 2007). Sin embargo, en comunicado No.13 del 4 de Marzo de 2010, la Corte Constitucional informó sobre la decisión adoptada en la SENTENCIA C-149/10, donde se declaró inexequible el artículo 79 de la Ley 1151 de 2007, “Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2006-2010”; y resuelve que esta decisión surte efectos hacia el futuro, es decir, a partir del día cinco (5) de marzo de 2010, con lo cual no se produce traumatismo alguno. Las consecuencias de la inexequibilidad se aplicarán para nuevos megaproyectos y no para los que se encuentran en curso.
El Decreto 4260 de 2007, modificado parcialmente por el Decreto 3671 de 2009, reglamentó las condiciones en las cuales se debe desarrollar el programa de Macroproyectos de Interés Social Nacional. En estas normas se establecieron los objetivos, determinantes y procedimientos para la identificación, determinación, anuncio, formulación, adopción, ejecución y financiación de los MISN.
Segunda Generación
El documento denominado “Bases del Plan Nacional de Desarrollo Prosperidad para Todos”, el cual forma parte integral del Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014, expedido por la Ley 1450 de 2011 en su capítulo III "Crecimiento sostenible y competitividad", literal C, “Locomotoras para el crecimiento y la generación de empleo”, en su numeral 5 "Vivienda y Ciudades Amables", evidenció la necesidad de fortalecer la demanda y oferta en materia de vivienda y dentro de los instrumentos para generación de oferta de vivienda definió como estrategia el "(…) Revivir el marco legal de los Macroproyectos de vivienda, ampliando su aplicación en suelos de renovación urbana, acogiendo las recomendaciones de la Corte Constitucional y acelerar la ejecución de los Macroproyectos de primera generación con el impulso del sector privado garantizando su articulación con los POT."
En consonancia con lo anterior, se expidió la Ley 1469 de 2011 "Por la cual se adoptan medidas para promover la oferta de suelo urbanizable y se adoptan otras disposiciones para promover el acceso a la vivienda". Mediante esta Ley, entre otros aspectos, se estableció la obligación a cargo de Minvivienda de adoptar los Macroproyectos de Interés Social Nacional (también llamados Macroproyectos de segunda generación), así como el procedimiento de anuncio, formulación y adopción de los mismos.
Macroproyectos Adoptados
Fecha de corte: 30 de abril de 2026
1. Altos de Santa Elena - Cali (Valle)
Gestor: Fonvivienda - Alcaldía de Santiago de Cali.
Área Bruta Adopción: 46,63 hectáreas.
Potencial Soluciones Vivienda: 5.000 Soluciones.
Estructura Urbana: 3 Unidades de Ejecución.
Estado: Adoptado mediante Resolución No.2503 del 14 de diciembre de 2009, modificada por Resolución No. 0127 del 28 de febrero de 2020.
- Urbanismo terminado para 3.459 soluciones de vivienda y en ejecución para 132.
- Obras de Edificación terminadas para 3.257 viviendas y en ejecución 334 Apartamentos.
- Entregadas 3.236 soluciones habitacionales a igual número de hogares.
- 1.745 Subsidios Familiares de Vivienda asignados, vinculados a Macroproyectos.
Recursos aportados por la Nación:
- $59.908 Millones de MISN Vigencias 2008-2009-2010-2019-2024.
- $4.249,90 Millones para Equipamientos.
- $30.069,90 Millones para Hogares damnificados por el fenómeno de la Niña 2010-2011 y los ubicados en zona de riesgo no mitigable.
- $1.322,22 Millones de las vigencias 2004 a 2011 y 2017 para atención de población en situación de Desplazamiento.
- $2.299,33 Millones asignando 112 SFV en las vigencias 2016-2017 en el marco del Programa de Vivienda de Interés Social para Ahorradores-VIPA.
- $2.469,54 Millones asignando 136 SFV en las vigencias 2018-2019-2020-2021-2022 en el marco del Programa MI CASA YA.
2. San Antonio -Ciudadela Nueva Buenaventura - Buenaventura (Valle)
Gestor: Fonvivienda – Alcaldía de Buenaventura.
Área Bruta Adopción: 215,25 hectáreas.
Potencial Soluciones Vivienda: 4.052 Soluciones.
Estructura Urbana: 3 Unidades de Ejecución y 1 Área de Futuro Desarrollo en San Antonio y 1 Unidad de Ejecución en Ciudadela Nueva Buenaventura.
Estado: Adoptado mediante Resolución No.0207 del 9 de febrero de 2009 y Resolución No.0934 del 27 de diciembre de 2012, modificada por Resoluciones No.0670 del 11 de octubre de 2017 y No.0224 del 23 de abril de 2019.
- Urbanismo y Obras de Edificación terminadas para 1.320 soluciones de vivienda.
- Entregadas 1.319 casas a igual número de hogares.
- 1.292 Subsidios Familiares de Vivienda asignados, vinculados a Macroproyectos.
Recursos aportados por la Nación:
- $100.932 Millones de MISN Vigencias 2007-2008-2009-2012-2013-2019.
- $40.236,82 Millones para Equipamientos y Parques.
- $3.920 Millones Vigencia 2008 MAVDT programa Todos por el Pacífico.
- $19.745,80 Millones en las vigencias 2006 a 2011-2014-2015, para atención de población en situación de Desplazamiento.
- $1.807,4 Millones en la Vigencia 2018 y 2021 Fondo de Adaptación.
Gestor: Municipio de Santiago de Cali.
Área Bruta Adopción: 67,32 hectáreas.
Potencial Soluciones Vivienda: 6.000 Soluciones.
Estructura Urbana: 1 Unidad de Ejecución.+
Estado: Adoptado mediante Resolución No.2576 del 23 de diciembre de 2009, modificada por Resoluciones No.1526 del 6 de agosto de 2010 y No.0215 del 10 de febrero de 2011.
- El Municipio contrató los estudios técnicos para ajustar la formulación y documento técnico de Soporte del Macroproyecto que debe entregar al MVCT.
- Una vez expedido el Acto Administrativo de Modificación de Adopción, se podrán definir las acciones en la etapa de ejecución del MISN.
Recursos aportados por la Nación:
- $1.051 Millones de MISN Vigencia 2007.
Gestor: Fundación Santo Domingo.
Área Bruta Adopción: 133,31 hectáreas.
Potencial Soluciones Vivienda: 18.871 Soluciones.
Estructura Urbana: 1 Unidad de Ejecución.
Estado: Adoptado mediante Resolución No.2353 del 18 de diciembre de 2008, modificada por Resolución No.0362 del 13 de junio de 2012.
- Urbanismo terminado para 4.271 soluciones habitacionales y en ejecución para 290.
- Obras de Edificación terminadas para 4.261 unidades de vivienda y en ejecución para 291.
- Entregadas 4.086 viviendas a igual número de hogares.
- 826 Subsidios Familiares de Vivienda asignados, vinculados a Macroproyectos.
Recursos aportados por la Nación:
- $20.000 Millones de MISN Vigencia 2008.
- $77.402,85 Millones para Equipamientos y Parques.
- $5.074,51 Millones de las vigencias 2010-2011-2013-2015 para atención de población en situación de Desplazamiento.
- $34.126,73 Millones, asignando 831 SFV en las vigencias 2013-2014-2016-2018 en el marco del Programa de Vivienda Gratuita PVG-1.
- $26.948,22 Millones asignando 1.091 SFV en las vigencias 2018-2019-2020-2021-2022-2023-2024-2025 en el marco del Programa MI CASA YA.
Gestor: Fundación Santo Domingo.
Área Bruta Adopción: 385,76 hectáreas.
Potencial Soluciones Vivienda: 44.559 Soluciones.
Estructura Urbana: 6 Unidades de Ejecución.
Estado: Adoptado mediante Resolución No.2362 del 18 de diciembre de 2008, modificada por Resoluciones No.2538 del 17 de diciembre de 2009, No.2774 del 31 de diciembre de 2010, No.0361 del 13 de junio de 2012, No.0725 del 19 de noviembre de 2013 y No.0655 del 15 de septiembre de 2025.
- Urbanismo terminado para 7.927 soluciones habitacionales y en ejecución para 54.
- Obras de Edificación terminadas para 7.917 unidades de vivienda y en ejecución 27 unidades de vivienda.
- Entregadas 7.620 viviendas a igual numero de hogares.
- 1.236 Subsidios Familiares de Vivienda asignados, vinculados a Macroproyectos.
Recursos aportados por la Nación:
- $29.000 Millones de MISN Vigencias 2008-2009-2010.
- $58.608,98 Millones para Equipamientos y Parques.
- $8.502,88 Millones de las vigencias 2010-2012-2013-2015-2018-2019-2020 para atención de población en situación de Desplazamiento.
- $50.668,43 Millones, asignando 1.229 SFV en las vigencias 2013-2014-2016-2021-2022 en el marco del Programa de Vivienda Gratuita PVG-1.
- $56.362,32 Millones asignando 1.973 SFV en las vigencias 2019-2020-2021-2022-2023-2024-2025 en el marco del Programa MI CASA YA.
Gestor: Alcaldía de Medellín.
Área Bruta Adopción: 125,86 hectáreas.
Potencial Soluciones Vivienda: 11.455 Soluciones.
Estructura Urbana: 5 Unidades de Gestión.
Estado: Adoptado mediante Resolución No.2363 del 18 de diciembre de 2008, modificada por Resoluciones No.2537 del 17 de diciembre de 2009 y No.0340 del 04 de junio de 2012.
- Urbanismo y Obras de Edificación terminadas para 10.257 soluciones de vivienda y en ejecución para 448.
- Entregadas 10.230 viviendas a igual número de hogares.
- 3.621 Subsidios Familiares de Vivienda asignados, vinculados a Macroproyectos.
Recursos aportados por la Nación:
- $86.543 Millones de MISN Vigencias 2008-2009-2012-2013.
- $77.370 Millones para Equipamientos y Parques.
- $3.563,62 Millones de las vigencias 2011-2012-2013 para atención de población en situación de Desplazamiento.
- $33.247,86 Millones, asignando 909 SFV en las vigencias 2014-2015-2016-2019 en el marco del Programa de Vivienda Gratuita PVG-1.
Gestor: Alcaldía de Neiva y Gobernación del Huila.
Área Bruta Adopción: 36,73 hectáreas.
Potencial Soluciones Vivienda: 3.928 Soluciones.
Estructura Urbana: 1 Unidad de Ejecución.
Estado: Adoptado mediante Resolución No.2364 del 18 de diciembre de 2008, modificada por Resoluciones No.2536 del 17 de diciembre de 2009 y No.2717 del 29 de Diciembre de 2010.
- Urbanismo terminado para 3.185 soluciones habitacionales y en ejecución para 220.
- Obras de Edificación terminadas para 3.185 soluciones de vivienda y en ejecución para 220.
- Entregadas 3.156 viviendas a igual número de hogares.
- 2.786 Subsidios Familiares de Vivienda asignados, vinculados a Macroproyectos.
Recursos MISN aportados por la Nación:
- $35.932 Millones de MISN Vigencias 2008-2009-2010.
- $ 20.280,76 Millones para Equipamientos y Parques.
- $13.706,03 Millones en las vigencias 2004-2005-2007 a 2016-2019-2022-2023-2025-2026 para atención de población en situación de Desplazamiento.
Gestor: Alcaldía de Manizales.
Área Bruta Adopción: 98,73 hectáreas.
Potencial Soluciones Vivienda: 5.974 Soluciones.
Estructura Urbana: 30 Unidades de Ejecución.
Estado: Adoptado mediante Resolución No.1453 del 27 de julio de 2009, modificada por Resoluciones No.1527 del 6 de agosto de 2010, No.1793 del 6 de septiembre de 2011, No.0483 del 16 de julio de 2012, No.0693 del 13 de noviembre de 2013, No.0902 del 29 de diciembre de 2014, No.0565 del 14 de julio de 2015 y No.0085 del 15 de febrero de 2016, consolidadas por Resolución No.0544 del 22 de agosto de 2017.
- Urbanismo y Obras de Edificación terminadas para 344 soluciones de vivienda.
- Entregadas 344 viviendas a igual número de hogares.
- 344 Subsidios Familiares de Vivienda asignados, vinculados a Macroproyectos.
Recursos MISN aportados por la Nación:
- $40.000 Millones de MISN Vigencias 2009-2010.
Gestor: Amarilo S.A.
Área Bruta Adopción: 327,96 hectáreas.
Potencial Soluciones Vivienda: 53.514 Soluciones.
Estructura Urbana: 7 Unidades de Ejecución.
Estado: Adoptado mediante Resolución No.1687 del 3 de septiembre de 2009, modificada por Resoluciones No.1434 del 27 de julio de 2010, No.1355 del 6 de julio de 2011 y No.0182 del 20 de marzo de 2015.
- Urbanismo terminado para 53.514 soluciones de vivienda.
- Obras de Edificación terminadas para 52.708 viviendas y en ejecución 806 soluciones.
- Entregadas 52.708 unidades habitacionales a igual número de hogares.
Recursos aportados por la Nación:
- $ 37.041,06 Millones para Equipamientos y Parques.
- $13.651,80 Millones para 768 hogares damnificados por el fenómeno de la Niña 2010-2011 y los ubicados en zona de riesgo no mitigable.
- $41.988,85 Millones, asignando 2.153 SFV en las vigencias 2016-2017-2018-2019-2020-2021-2022-2023-2024 en el marco del Programa MI CASA YA.
Gestor: Alcaldía de Pereira.
Área Bruta Adopción: 163,34 hectáreas.
Potencial Soluciones Vivienda: 17.164 Soluciones.
Estructura Urbana: 16 Unidades de Ejecución.
Estado: Adoptado mediante Resolución No.2146 del 04 de noviembre de 2009, modificada por Resoluciones No.1348 del 14 de julio de 2010, No.0664 del 26 de septiembre de 2012, No.0031 del 19 de enero de 2016 y No.0656 del 15 de septiembre de 2025..
- Urbanismo terminado para 7.688 soluciones de vivienda y en ejecución para 1.030.
- Obras de Edificación terminadas para 7.688 viviendas y en ejecución 772 soluciones.
- Entregadas 7.323 unidades habitacionales a igual número de hogares.
- 550 Subsidios Familiares de Vivienda asignados, vinculados a Macroproyectos.
Recursos aportados por la Nación:
- $10.000 Millones de MISN Vigencias 2009-2010.
- $10.525,14 Millones para Equipamientos y Parques.
- $33.393,54 Millones, asignando 824 SFV en las vigencias 2013-2014-2015-2021 en el marco del Programa de Vivienda Gratuita PVG-1.
- $1.091,46 Millones asignando 56 SFV en las vigencias 2015-2016 en el marco del Programa de Vivienda de Interés Social para Ahorradores-VIPA.
- $16.510,07 Millones asignando 781 SFV en las vigencias 2017-2018-2019-2020-2021-2022-2023 en el marco del Programa MI CASA YA.
Gestor: Jaramillo Mora S.A.
Área Bruta Adopción: 97,07 hectáreas.
Potencial Soluciones Vivienda: 6.026 Soluciones.
Estructura Urbana: 2 Unidades de Ejecución en 9 Etapas.
Estado: Adoptado mediante Resolución No.0048 del 07 de febrero de 2012.
- Urbanismo y Obras de Edificación terminadas para 5.420 soluciones de vivienda unifamiliares.
- Entregadas 5.419 viviendas a igual número de hogares.
Recursos aportados por la Nación:
- $ 1.137,09 Millones para Equipamientos.
- $22.173,39 Millones, asignando 1.150 SFV en las vigencias 2015-2017 en el marco del Programa de Vivienda de Interés Social para Ahorradores-VIPA.
Gestor: Constructora Bolívar S.A.
Área Bruta Adopción: 100,80 hectáreas.
Potencial Soluciones Vivienda: 6.568 Soluciones.
Estructura Urbana: 4 Unidades de Actuación Urbanística.
Estado: Adoptado mediante Resolución No.0389 del 27 de junio de 2014.
- Urbanismo terminado para 1.865 soluciones de vivienda.
- Obras de Edificación terminadas para 1.865 viviendas.
- Entregadas 1.606 viviendas a igual número de hogares.
Recursos aportados por la Nación:
- $15.270,74 Millones asignando 300 SFV en las vigencias 2017-2018-2019-2021-2022 en el marco del Programa de Vivienda Gratuita II.
Gestor: Gobernación de Santander.
Área Bruta Adopción: 124,98 hectáreas.
Potencial Soluciones Vivienda: 17.226 Soluciones.
Estructura Urbana: 8 Etapas de Ejecución.
Estado: Adoptado mediante Resolución No.0750 del 21 de noviembre de 2014, modificada por Resolución No.459 del 12 de julio de 2016.
- Pendiente obtención de la Licencia de Urbanismo.
Recursos MISN aportados por la Nación: A la fecha no se han destinado recursos por este rubro.
Macroproyectos de Segunda Generación
Fecha de corte: 30 de abril de 2026
1. Santa Fé - Cali (Valle)
Gestor: Constructora Bolívar S.A.
Área Bruta Anunciada: 164,43 hectáreas.
- Potencial Soluciones Vivienda: 20.000 Soluciones.
Estructura Urbana: 7 Unidades de Ejecución.
Estado: Anunciado mediante Resolución No.551 del 23 de agosto de 2017.
- En Concertación Formulación para Adopción con el Distrito de Santiago de Cali.
Subdirección de Políticas de Desarrollo Urbano y Territorial
La Subdirección de Políticas de Desarrollo Urbano y Territorial (SPDUT) es la dependencia del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio encargada de apoyar la formulación, diseño e implementación de políticas, normas e instrumentos técnicos orientados al fortalecimiento de los procesos de ordenamiento, planificación, gestión y financiación del desarrollo urbano y territorial del país.
La Subdirección, en el marco de sus competencias, contribuye al desarrollo urbano bajo la perspectiva de sostenibilidad y resiliencia con la expedición de normas y lineamientos técnicos articulando la política sectorial con el uso eficiente del suelo, la gestión del riesgo, adaptación al cambio climático, construcción sostenible y sismorresistente.
Los ejes temáticos de la Subdirección son los siguientes:

El Decreto 3571 de 2011, mediante el cual se establecieron los objetivos, estructura y funciones del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio (MVCT), definió a esta entidad como el órgano rector de la política pública de ordenamiento y desarrollo territorial urbano del país, consolidando su papel como responsable de la planificación integral de las ciudades y del uso eficiente y sostenible del suelo.
De acuerdo con el artículo 1 del referido decreto, el objetivo fundamental del MVCT es formular, adoptar, dirigir, coordinar y ejecutar las políticas, planes y proyectos en materia de desarrollo territorial y urbano planificado, orientados a consolidar un sistema de ciudades equilibrado, con criterios de sostenibilidad ambiental, acceso a la vivienda y adecuada prestación de los servicios públicos domiciliarios. En este sentido, el Ministerio asume un rol estratégico en la articulación de las dimensiones físicas, sociales y económicas del territorio, asegurando la coherencia entre los instrumentos de planificación territorial y las políticas sectoriales.
Entre las funciones generales asignadas al Ministerio, se destacan la formulación y coordinación de las políticas de ordenamiento territorial, desarrollo urbano y uso del suelo, la definición de mecanismos e instrumentos técnicos y normativos para orientar los procesos de ordenamiento en los niveles nacional, regional y local, y la promoción de operaciones urbanas integrales que garanticen la habilitación de suelo urbanizable y la consolidación de un sistema urbano sostenible.

El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio en términos de construcción sismorresistente contempla acciones para establecer requisitos mínimos que deben cumplir las edificaciones y otras estructuras en Colombia para garantizar su seguridad, funcionalidad y estabilidad frente a la acción de sismos y otras fuerzas impuestas por la naturaleza o por el uso propio, protegiendo la vida humana, reduciendo pérdidas materiales y asegurando la continuidad operativa de las edificaciones esenciales.
El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio es la entidad que preside la Comisión Asesora Permanente (CAP) del Reglamento Colombiano de Construcción Sismorresistente NSR-10. Esta comisión, según los numerales 6° y 7° del artículo 41 de la Ley 400 de 1997, tiene la función, entre otras, de coordinar las investigaciones sobre las causas de fallas de estructuras y emitir conceptos sobre la aplicación de las normas de construcciones sismorresistentes, y es el órgano consultivo del Gobierno nacional en los aspectos técnicos que demande el desarrollo de las normas sobre construcciones sismorresistentes, así como sus actualizaciones. El MVCT tiene la función de gestionar la adopción de la norma y sus actualizaciones, conforme a los estudios y recomendaciones que brinda la CAP.
Hoy en día, desde la CAP se está trabajando en la actualización del Reglamento Colombiano de Construcción Sismorresistente NSR-10, con el fin de incorporar nuevos avances en materia de ingeniería sísmica, adecuación a la realidad del territorio, y fortalecer el papel de las técnicas tradicionales de construcción en nuestro territorio.
Es por esto, que desde el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio se adelanta la contratación de los estudios técnicos para determinar los requisitos y criterios de diseño para el reconocimiento, construcción y reforzamiento de viviendas construidas con materiales vernáculos (palafíticas en madera, bahareque encementado y bahareque tradicional mejorado).

A 2026 53 municipios o distritos cuentan con la figura de curador urbano.
El país cuenta con 109 plazas de curadores urbanos.
94 curadores en ejercicio.
Las vacantes disponibles están pendientes de suplir por concurso de méritos que adelante la SNR y el DAFP
El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, como rector de la política en materia de curadurías urbanas, y en cumplimiento del numeral 5 del artículo 101 de la Ley 388 de 1997, ha trabajado constantemente en el conocimiento frente a los desafíos y retos que presenta la operación de dicha figura, asimismo, de igual forma se ha avanzado en brindar condiciones normativas para el funcionamiento de las curadurías urbanas en los municipios y distritos. Adicionalmente, ha sido la instancia que ha viabilizado su implementación y ha dispuesto de las herramientas para el reporte de información que deben realizar ante esta cartera.
Enlaces de Interés
- Ley 388 de 1997, artículo 101
- Ley 1796 de 2016, TÍTULO III, IV y V
- Decreto 1077 de 2015, parte 2, libro 2, título 6, capítulo 6 (artículo 2.2.6.6.1.1 al 2.2.6.6.9.2)
- Resolución 205 de 2013
- Resolución 95 de 2019
- Resolución 72 de 2014 “Por la cual se decide la viabilidad para la designación de curadores urbanos por primera vez en el municipio de Girón – Santander”
- Resolución 150 de 2015 “Por la cual se decide la viabilidad para la designación de un curador urbano adicional en el municipio de Tuluá – Valle del Cauca”
- Resolución 199 de 2017 “Por la cual se decide aprobar el estudio técnico que sustenta la necesidad del servicio y la capacidad de sostenibilidad económica de las curadurías urbanas y se declara viable la designación por primera vez de los curadores urbanos en el Municipio de PiedeCuesta - Santander.”
- Resolución 947 de 2017 “Por la cual se decide aprobar el estudio técnico que sustenta la necesidad del servicio y la capacidad de sostenibilidad económica de las curadurías urbanas y se declara viable la designación de curadores urbanos en el municipio de Puerto Colombia - Atlántico.”
- Resolución 504 de 2019 “Por la cual se emite concepto favorable para dos (2) curadores urbanos en el municipio de Fusagasugá, Cundinamarca y se asigna el factor municipal para la liquidación de expensas”
- Resolución 505 de 2019 “Por la cual se emite concepto favorable para dos (2) curadores urbanos en el municipio de Yopal, Casanare y se asigna el factor municipal para la liquidación de expensas.”
- Resolución 681 de 2019 “Por la cual se emite concepto favorable para dos (2) curadores urbanos en el municipio de Rionegro, Antioquia y se asigna el factor municipal para la liquidación de expensas.”
- Resolución 750 de 2019 “Por la cual se emite concepto favorable para dos (2) curadores urbanos en el municipio de Yumbo, Valle del Cauca y se asigna el factor municipal para la liquidación de expensas.”
- Resolución 36 de 2020 “Por la cual se emite concepto favorable para dos (2) curadores urbanos en el municipio de Cajicá, Cundinamarca y se asigna el factor municipal para la liquidación de expensas.”
- Resolución 68 de 2020 “Por la cual se emite concepto favorable para dos (2) curadores urbanos en el municipio de Funza, Cundinamarca y se asigna el factor municipal para la liquidación de expensas.”
- Resolución 115 de 2020 “Por la cual se emite concepto favorable para dos (2) curadores urbanos en el municipio de Mosquera, Cundinamarca y se asigna el factor municipal para la liquidación de expensas.”
- Resolución 122 de 2020 “Por la cual se emite concepto favorable para dos (2) curadores urbanos en el municipio de Tocancipá, Cundinamarca y se asigna el factor municipal para la liquidación de expensas.”
- Resolución 785 de 2020 “Por la cual se emite concepto favorable para dos (2) curadores urbanos en el municipio de Cota, Cundinamarca y se asigna el factor municipal para la liquidación de expensas.”
- Resolución 387 de 2022 “Por la cual se emite concepto favorable para (2) curadores urbanos en el municipio de Jamundí, Valle del Cauca y se asigna el factor municipal para la liquidación de expensas.”
- Resolución 679 de 2024 “Por medio de la cual se emite concepto favorable para la designación de dos (2) curadores urbanos en el municipio de Chía, Cundinamarca, y se asigna el factor municipal para la liquidación de expensas.”
- Resolución 604 de 2025 “Por medio de la cual se emite concepto favorable sobre el estudio técnico del municipio de Madrid – Cundinamarca, y se asigna el factor municipal para la liquidación de expensas.”

En el marco de lo referido en la Resolución 0194 de 2025, así como en la Política Nacional de Edificaciones Sostenibles, una edificación sostenible es aquella que está en sincronía con el sitio y hace uso de energía, agua y materiales de un modo eficiente, provee confort y salud a sus usuarios. Esto se logra a través de la incorporación de medidas diferenciadas por clima y tipo de desarrollo, asociadas al diseño y la dotación de la edificación, encaminadas al mejoramiento de la calidad de vida de sus habitantes y al ejercicio de actuaciones con responsabilidad ambiental y social. En ese sentido, con la expedición de la Resolución 0194 de 2025 (que sustituye la Resolución 0549 de 2015), el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio da un nuevo paso hacia la consolidación de parámetros y lineamientos técnicos de Construcción Sostenible para las edificaciones nuevas del país, los cuales buscan contribuir al ahorro de agua y energía para mitigar los impactos ambientales generados.

Según lo establecido en el artículo 17 del Decreto Ley 3571 de 2011, la Subdirección de Políticas de Desarrollo Urbano y Territorial tiene, entre otras, la función de apoyar la incorporación de la gestión del riesgo en la formulación de políticas y regulaciones de desarrollo urbano y territorial. Adicionalmente, el artículo 2 del decreto, establece que el MVCT también cumplirá con las funciones de promover y orientar la incorporación de la gestión del riesgo en las políticas, programas y proyectos del sector, en coordinación con las entidades que hacen parte del Sistema Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres -SNGRD-, del cual hace parte el MVCT. En ese marco, le corresponde expedir normas, metodologías y elaborar documentos y orientaciones técnicas, a fin de promover la gestión del riesgo en los procesos de planificación y ordenamiento territorial.
En el marco de lo anterior, expidió el Decreto 1807 de 2014 compilado en el Decreto 1077 de 2015 que tiene por objeto reglamentar las condiciones técnicas para avanzar en la incorporación del riesgo de las amenazas de mayor frecuencia y afectación en el país (movimientos en masa, inundación y avenidas torrenciales).
Fue publicada la Guía Metodológica para el Inventario de Asentamientos Localizados en Zonas de Alto Riesgo (IAZAR) y su aplicativo web son herramientas desarrolladas por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio para apoyar a los municipios en la identificación, registro y gestión de asentamientos humanos ubicados en áreas con amenaza natural o no mitigable.
La guía proporciona la metodología técnica y los criterios para recolectar y clasificar información sobre dichos asentamientos (características del terreno, riesgo, población, servicios, etc.), mientras que el aplicativo IAZAR permite digitalizar, centralizar y analizar los datos recopilados por los entes territoriales.
El aplicativo IAZAR es una herramienta informática para registrar, sistematizar y analizar la información sobre asentamientos humanos ubicados en zonas de alto riesgo no mitigable.


