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Espacio Urbano y Territorial

Objetivo

En materia de desarrollo urbano y territorial, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio formula, coordina y ejecuta políticas y lineamientos que direccionan la consolidación de territorios más amables, compactos, sostenibles y no segregados.

Para lograr este fin, se realizan jornadas de capacitación y asistencia técnica a municipios y regiones en temas de ordenamiento territorial, se promocionan operaciones urbanas integrales, y se formulan programas de orientación y acompañamiento a los municipios para que ejecuten proyectos de mejoramiento integral de barrios y de renovación urbana, mediante los cuales se adelantan obras de: prevención y reducción de riesgos, vivienda, infraestructura para la prestación de servicios públicos, mejoramiento y adecuación del espacio público, equipamientos y sistemas de movilidad con acompañamiento social".

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Mejoramiento Integral de Barrios

imagen mejoramiento

El Mejoramiento Integral de Barrios busca mejorar las condiciones de vida de la población pobre y de extrema pobreza, mediante la renovación de su entorno habitacional de manera conjunta entre la Nación, el municipio y la comunidad. Este programa contribuye a lograr el cumplimiento de las metas del progreso social, desarrollo sostenible y disminución de la pobreza, es decir mayor prosperidad para toda la población, mediante el ordenamiento urbano del barrio, la legalización y regularización del mismo, y la ejecución de obras de infraestructura básica y equipamiento.

Según el Plan Nacional de Desarrollo 2010 – 2014, se debe:
  • Incorporar parámetros de sostenibilidad ambiental, urbana y de gestión del riesgo en el desarrollo de las ciudades. Implementar la Política Nacional de Mejoramiento Integral de Barrios Documento CONPES 3604 de 2009, a través de la cual:
    • ​​Se le de prioridad a los componentes de seguridad ciudadana y gestión del riesgo, incorporando acciones de mitigación o reasentamiento.
    • Se amplie la cobertura del programa de titulación predial
    • Se promueva acciones de ampliación de coberturas reales que incluyan esquemas para el financiamiento de conexiones intradomiciliarias para los hogares más pobres.

Legalización de Asentamientos

A través de la legalización de los asentamientos humanos, que se desarrollaron en territorios sin el cumplimiento de las normas urbanísticas, se reconoce la existencia, en el contexto urbanístico de una ciudad, mediante la elaboración de un estudio de regularización urbanística y expidiendo la reglamentación respectiva, sin contemplar los derechos de propiedad a favor de eventuales poseedores.

La Ley 9 de 1989 en su artículo 48, autoriza la legalización por parte de los concejos y las juntas metropolitanas, como acto concerniente al ordenamiento del desarrollo de su territorio, actuación que puede ser delegada en los alcaldes municipales o distritales.

Este proceso de legalización solamente es de carácter urbanístico.

Estructuración de Proyectos

Los municipios interesados en la estructuración de proyectos de mejoramiento integral de barrios, requieren disponer de la información documental y cartográfica existente sobre los barrios y/o sectores incluidos dentro del tratamiento de mejoramiento, definido en sus respectivos Planes de Ordenamiento Territorial vigentes.

La articulación de las políticas sectoriales en el territorio para adelantar acciones orientadas al mejoramiento físico, social, económico, organizacional y ambiental de asentamientos precarios los recursos se focalizan en esfuerzos por parte del sector público y privado. Dicha gestión deberá enfocarse prioritariamente en los ámbitos: Público (Sistemas estructuradores urbanos), Privado (Sistemas estructurados complementarios) y Social y Económico. Cada uno de estos ámbitos desarrolla una serie de componentes que permite la estructuración de los proyectos.

  • Ámbito público: Componente de Ordenamiento (Regularización urbanística, Legalización urbanística y Asistencia Técnica en Procesos de reasentamiento); Componente de Servicios públicos domiciliarios (Redes Locales de Acueducto, Redes locales de alcantarillado de aguas servidas y lluvias, Aseo (residuos sólidos), Redes de Energía Eléctrica); Componente de Riesgos, recuperación y protección ambiental (Obras mitigación de riesgos, Obras recuperación ambiental ); Componente de Accesibilidad y Movilidad (Vías acceso vehicular, conexión del barrio, Andenes, ciclo-rutas, escalinatas); y Componente de Espacio Público y Equipamientos (Zonas verdes, alamedas, Parques infantiles, Canchas y centro deportivos).
  • Ámbito privado: Componente de Mejoramiento de Vivienda y Componente de Titulación.
  • Ámbito social y económico: Componente de Desarrollo Social (Planeación Participativa, Organización Social, Seguridad y Convivencia) y Componente de Fortalecimiento local (Identificación capacidad operativa, Priorización inversiones y la evaluación del impacto de la inversión)
Las etapas que se deben seguir:
  • Identificación de los asentamientos precarios por parte de las entidades territoriales así como las zonas en donde dichos asentamientos presentan condiciones de riesgos, para el desarrollo de los respectivos estudios de riesgos.
  • Planeación de la intervencióncon base en los resultados de los estudios de riesgo del asentamiento seleccionado, estableciendo los escenarios de mejoramiento en áreas de riesgo mitigable y de reasentamiento y/o reubicación en áreas de riesgo no mitigable, los cuales pueden plantear escenarios de re-densificación en áreas disponibles al interior del área de intervención como parte del reordenamiento urbano, así como el desarrollo de los estudios técnicos respectivos para la formulación del programa y/o proyecto y su posterior incorporación al POT.
  • Gestión de proyectos en el marco institucional que permita articular las diferentes fuentes de financiación como la priorización de los componentes a intervenir en concordancia con las condiciones del asentamiento. Así mismo, se definirá los instrumentos necesarios para adelantar la intervención en concordancia con lo establecido en los POT de las entidades territoriales.
  • Ejecución garantizando la coordinación de las distintas inversiones sectoriales junto con la participación de la comunidad.

Guía: Acompañamiento aplicado a los Mecanismos de Recuperación y Sostenibilidad del EP y Asentamientos Precarios
Presentación: Legalización de Asentamientos
Guía: Licenciamiento Urbanístico, Reconocimiento y Legalización Asentamientos
Guía: Lineamientos para la Consolidación de la Política de MIB
Presentación: Programa Mejoramiento Integral de Barrios

Macroproyectos de Interés Social Nacional

imagen vivienda




Los Macroproyectos de Interés Social Nacional son intervenciones promovidas por el Gobierno Nacional que vinculan instrumentos de planeación, financiación y gestión del suelo para ejecutar una operación de gran escala que contribuya al desarrollo territorial, de determinados municipios, distritos o regiones del país. El objetivo de estos macroproyectos es el de aumentar la oferta de suelos urbanizados para el desarrollo de programas de vivienda de interés social y prioritario (VIS – VIP), especialmente en los municipios y distritos del país que concentran un importante déficit habitacional y donde se han encontrado dificultades para disponer de suelo para el desarrollo de los programas VIS - VIP.

Los macroproyectos se clasifican en:

Primera Generación​

El Plan Nacional de Desarrollo 2006-2010 incorporó dentro de los programas integrales de ciudades amables la figura de Macroproyectos de Interés Social Nacional- MISN (artículo 79, Ley 1151 de julio 24 de 2007). Sin embargo, en comunicado No.13 del 4 de Marzo de 2010, la Corte Constitucional informó sobre la decisión adoptada en la SENTENCIA C-149/10, donde se declaró inexequible el artículo 79 de la Ley 1151 de 2007, “Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2006-2010”; y resuelve que esta decisión surte efectos hacia el futuro, es decir, a partir del día cinco (5) de marzo de 2010, con lo cual no se produce traumatismo alguno. Las consecuencias de la inexequibilidad se aplicarán para nuevos megaproyectos y no para los que se encuentran en curso.

El Decreto 4260 de 2007, modificado parcialmente por el Decreto 3671 de 2009, reglamentó las condiciones en las cuales se debe desarrollar el programa de Macroproyectos de Interés Social Nacional. En estas normas se establecieron los objetivos, determinantes y procedimientos para la identificación, determinación, anuncio, formulación, adopción, ejecución y financiación de los MISN.

Segunda Generación​

El documento denominado “Bases del Plan Nacional de Desarrollo Prosperidad para Todos”, el cual forma parte integral del Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014, expedido por la Ley 1450 de 2011 en su capítulo III "Crecimiento sostenible y competitividad", literal C, “Locomotoras para el crecimiento y la generación de empleo”, en su numeral 5 "Vivienda y Ciudades Amables", evidenció la necesidad de fortalecer la demanda y oferta en materia de vivienda y dentro de los instrumentos para generación de oferta de vivienda definió como estrategia el "(…) Revivir el marco legal de los Macroproyectos de vivienda, ampliando su aplicación en suelos de renovación urbana, acogiendo las recomendaciones de la Corte Constitucional y acelerar la ejecución de los Macroproyectos de primera generación con el impulso del sector privado garantizando su articulación con los POT."

En consonancia con lo anterior, se expidió la Ley 1469 de 2011 "Por la cual se adoptan medidas para promover la oferta de suelo urbanizable y se adoptan otras disposiciones para promover el acceso a la vivienda". Mediante esta Ley, entre otros aspectos, se estableció la obligación a cargo de Minvivienda de adoptar los Macroproyectos de Interés Social Nacional (también llamados Macroproyectos de segunda generación), así como el procedimiento de anuncio, formulación y adopción de los mismos.



Macroproyectos Adoptados

Fecha de corte: 30 de noviembre de 2025

1. Altos de Santa Elena - Cali (Valle)​

Gestor: Fonvivienda - Alcaldía de Santiago de Cali.
Área Bruta Adopción: 46,63 hectáreas.
Potencial Soluciones Vivienda: 5.000 Soluciones.
Estructura Urbana: 3 Unidades de Ejecución.
Estado: Adoptado mediante Resolución No.2503 del 14 de diciembre de 2009, modificada por Resolución No. 0127 del 28 de febrero de 2020.

  • Urbanismo terminado para 3.459 soluciones de vivienda y en ejecución para 132.
  • Obras de Edificación terminadas para 3.257 viviendas y en ejecución 334 Apartamentos.
  • Entregadas 3.236 soluciones habitacionales a igual número de hogares.
  • 1.745 Subsidios Familiares de Vivienda asignados, vinculados a Macroproyectos.

Recursos aportados por la Nación:

  • $59.908 Millones de MISN Vigencias 2008-2009-2010-2019-2024.
  • $4.249,90 Millones para Equipamientos.
  • $30.069,90 Millones para Hogares damnificados por el fenómeno de la Niña 2010-2011 y los ubicados en zona de riesgo no mitigable. 
  • $2.299,33 Millones asignando 112 SFV en las vigencias 2016-2017 en el marco del Programa de Vivienda de Interés Social para Ahorradores-VIPA.
  • $3.008,56 Millones asignando 167 SFV en las vigencias 2018-2019-2020-2021-2022 en el marco del Programa MI CASA YA.

​2. San Antonio -Ciudadela Nueva Buenaventura - Buenaventura (Valle)

Gestor: Fonvivienda – Alcaldía de Buenaventura.

Área Bruta Adopción: 215,25 hectáreas.

Potencial Soluciones Vivienda: 4.052 Soluciones.

Estructura Urbana: 3 Unidades de Ejecución y 1 Área de Futuro Desarrollo en San Antonio y 1 Unidad de Ejecución en Ciudadela Nueva Buenaventura.

Estado: Adoptado mediante Resolución No.0207 del 9 de febrero de 2009 y Resolución No.0934 del 27 de diciembre de 2012, modificada por Resoluciones No.0670 del 11 de octubre de 2017 y No.0224 del 23 de abril de 2019​.

  • Urbanismo y Obras de Edificación terminadas para 1.320 soluciones de vivienda.
  • Entregadas 1.319 casas a igual número de hogares.
  • 1.292 Subsidios Familiares de Vivienda asignados, vinculados a Macroproyectos.

Recursos aportados por la Nación:

  • $100.932 Millones de MISN Vigencias 2007-2008-2009-2012-2013-2019.
  • $40.236,82 Millones para Equipamientos.
  • $3.920 Millones Vigencia 2008 MAVDT programa Todos por el Pacífico.
  • $4.668,62 Millones en las vigencias 2015-2016-2017-2020, para atención de población en situación de Desplazamiento.
  • $1.807,4 Millones en la Vigencia 2018 y 2021 Fondo de Adaptación.
3. Ecociudad Navarro - Cali (Valle)

Gestor: Municipio de Santiago de Cali.

Área Bruta Adopción: 67,32 hectáreas.

Potencial Soluciones Vivienda: 6.000 Soluciones.

Estructura Urbana: 1 Unidad de Ejecución.+

Estado: Adoptado mediante Resolución No.2576 del 23 de diciembre de 2009, modificada por Resoluciones No.1526 del 6 de agosto de 2010 y No.0215 del 10 de febrero de 2011.

  • El Municipio contrató los estudios técnicos para ajustar la formulación y documento técnico de Soporte  del Macroproyecto que debe entregar al MVCT.
  • Una vez expedido el Acto Administrativo de Modificación de Adopción, se podrán definir las acciones en la etapa de ejecución del MISN.

Recursos aportados por la Nación: 

  • $1.051 Millones de MISN Vigencia 2007.
4. Villas de San Pablo - Barranquilla (Atlántico)

Gestor: Fundación Santo Domingo.

Área Bruta Adopción: 133,31 hectáreas.

Potencial Soluciones Vivienda: 18.871 Soluciones.

Estructura Urbana: 1 Unidad de Ejecución.

Estado: Adoptado mediante Resolución No.2353 del 18 de diciembre de 2008, modificada por Resolución No.0362 del 13 de junio de 2012.

  • Urbanismo terminado para 4.271 soluciones habitacionales y en ejecución para 50.
  • Obras de Edificación terminadas para 4.261 unidades de vivienda y en ejecución para 51.
  • Entregadas 3.902 viviendas a igual número de hogares.
  • 826 Subsidios Familiares de Vivienda asignados, vinculados a Macroproyectos.

Recursos aportados por la Nación: 

  • $20.000 Millones de MISN Vigencia 2008. 
  • $64.902,04 Millones para Equipamientos.
  • $3.942 Millones de la vigencia 2010 para atención de población en situación de Desplazamiento.
  • $34.126,73 Millones, asignando 831 SFV en las vigencias 2013-2014-2016-2018 en el marco del Programa de Vivienda Gratuita PVG-1.
  • $28.303,91 Millones asignando 1.190 SFV en las vigencias 2018-2019-2020-2021-2022 en el marco del Programa MI CASA YA.
5. Ciudad del Bicentenario - Cartagena (Bolívar)

Gestor: Fundación Santo Domingo.

Área Br​uta Adopción: 385,76 hectáreas.

Potencial Soluciones Vivienda: 44.559 Soluciones.

Estructura Urbana: 6 Unidades de Ejecución.

Estado: Adoptado mediante Resolución No.2362 del 18 de diciembre de 2008, modificada por Resoluciones No.2538 del 17 de diciembre de 2009, No.2774 del 31 de diciembre de 2010, No.0361 del 13 de junio de 2012, No.0725 del 19 de noviembre de 2013 y No.0655 del 15 de septiembre de 2025.

  • Urbanismo terminado para 7.927 soluciones habitacionales y en ejecución para 54.            
  • Obras de Edificación terminadas para 7.917 unidades de vivienda y en ejecución 27 unidades de vivienda.
  •  Entregadas 7.399 viviendas a igual numero de hogares.
  • 1.236 Subsidios Familiares de Vivienda asignados, vinculados a Macroproyectos.

Recursos aportados por la Nación: 

  • $29.000 Millones de MISN Vigencias 2008-2009-2010.
  • $58.608,98 Millones para Equipamientos.
  • $2.664 Millones de la vigencia 2010 para atención de población en situación de Desplazamiento.
  • $50.668,43 Millones, asignando 1.229 SFV en las vigencias 2013-2014-2016-2021-2022 en el marco del Programa de Vivienda Gratuita PVG-1.
  • $54.989,80 Millones asignando 2.096 SFV en las vigencias 2019-2020-2021-2022 en el marco del Programa MI CASA YA.
6. Nuevo Occidente “Viviendas con Corazón hacia Territorios Equitativos” - Medellín (Antioquia)

Gestor: Alcaldía de Medellín.

Área Bruta Adopción: 125,86 hectáreas.

Potencial Soluciones Vivienda: 11.455 Soluciones.

Estructura Urbana: 5 Unidades de Gestión.

Estado: Adoptado mediante Resolución No.2363 del 18 de diciembre de 2008, modificada por Resoluciones No.2537 del 17 de diciembre de 2009 y No.0340 del 04 de junio de 2012.

  • Urbanismo y Obras de Edificación terminadas para 10.257 soluciones de vivienda y en ejecución para 448.
  • Entregadas 10.228 viviendas a igual número de hogares.
  • 3.621 Subsidios Familiares de Vivienda asignados, vinculados a Macroproyectos.

Recursos aportados por la Nación: 

  • $86.543 Millones de MISN Vigencias 2008-2009-2012-2013.
  • $77.370 Millones para Equipamientos.
  • $33.247,86 Millones, asignando 909 SFV en las vigencias 2014-2015-2016-2019 en el marco del Programa de Vivienda Gratuita PVG-1.
7. Bosques de San Luis - Neiva (Huila)

Gestor: Alcaldía de Neiva y Gobernación del Huila.

Área Bruta Adopción: 36,73 hectáreas.

Potencial Soluciones Vivienda: 3.928 Soluciones.

Estructura Urbana: 1 Unidad de Ejecución.

Estado: Adoptado mediante Resolución No.2364 del 18 de diciembre de 2008, modificada por Resoluciones No.2536 del 17 de diciembre de 2009 y No.2717 del 29 de Diciembre de 2010.

  • Urbanismo terminado para 3.185 soluciones habitacionales y en ejecución para 220.            
  • Obras de Edificación terminadas para 3.185 soluciones de vivienda y en ejecución para 220.
  • Entregadas 3.156 viviendas a igual número de hogares.
  • 2.777 Subsidios Familiares de Vivienda asignados, vinculados a Macroproyectos.

Recursos MISN aportados por la Nación: 

  • $35.932 Millones de MISN Vigencias 2008-2009-2010.
  • $ 18.700,78 Millones para Equipamientos.
  • $10.000 Millones Vigencia 2010 para atención de población en situación de Desplazamiento.
8. Centro Occidente de Colombia San José - Manizales (Caldas)​

Gestor: Alcaldía de Manizales.

Área Bruta Adopción: 98,73 hectáreas.

Potencial Soluciones Vivienda: 5.974 Soluciones.

Estructura Urbana: 30 Unidades de Ejecución.

Estado: Adoptado mediante Resolución No.1453 del 27 de julio de 2009, modificada por Resoluciones No.1527 del 6 de agosto de 2010, No.1793 del 6 de septiembre de 2011, No.0483 del 16 de julio de 2012, No.0693 del 13 de noviembre de 2013, No.0902 del 29 de diciembre de 2014, No.0565 del 14 de julio de 2015 y No.0085 del 15 de febrero de 2016, consolidadas por Resolución No.0544 del 22 de agosto de 2017.

  • Urbanismo y Obras de Edificación terminadas para 344 soluciones de vivienda.
  • Entregadas 344 viviendas a igual número de hogares.
  • 344 Subsidios Familiares de Vivienda asignados, vinculados a Macroproyectos.

Recursos MISN aportados por la Nación: 

  • $40.000 Millones de MISN Vigencias 2009-2010.
9. Ciudad Verde - Soacha (Cundinamarca)​

Gestor: Amarilo S.A.

Área Bruta Adopción: 327,96 hectáreas.

Potencial Soluciones Vivienda: 53.514 Soluciones.

Estructura Urbana: 7 Unidades de Ejecución.

Estado: Adoptado mediante Resolución No.1687 del 3 de septiembre de 2009, modificada por Resoluciones No.1434 del 27 de julio de 2010, No.1355 del 6 de julio de 2011 y No.0182 del 20 de marzo de 2015.

  • Urbanismo terminado para 53.514 soluciones de vivienda.
  • Obras de Edificación terminadas para 52.573 viviendas y en ejecución 493 soluciones.
  • Entregadas 52.573 unidades habitacionales a igual número de hogares.

Recursos aportados por la Nación: 

  • $ 37.041,06 Millones para Equipamientos.
  • $13.651,80 Millones para 768 hogares damnificados por el fenómeno de la Niña 2010-2011 y los ubicados en zona de riesgo no mitigable.
10. Ciudadela Gonzalo Vallejo Restrepo - Pereira (Risaralda)​

Gestor: Alcaldía de Pereira.

Área Bruta Adopción: 163,34 hectáreas.

Potencial Soluciones Vivienda: 17.164 Soluciones.

Estructura Urbana: 16 Unidades de Ejecución.

Estado: Adoptado mediante Resolución No.2146 del 04 de noviembre de 2009, modificada por Resoluciones No.1348 del 14 de julio de 2010, No.0664 del 26 de septiembre de 2012, No.0031 del 19 de enero de 2016 y No.0656 del 15 de septiembre de 2025..

  • Urbanismo terminado para 7.576 soluciones de vivienda y en ejecución para 1.142.
  • Obras de Edificación terminadas para 7.576 viviendas y en ejecución 884 soluciones.
  • Entregadas 7.323 unidades habitacionales a igual número de hogares.
  • 550 Subsidios Familiares de Vivienda asignados, vinculados a Macroproyectos.

Recursos aportados por la Nación: 

  • $10.000 Millones de MISN Vigencias 2009-2010.
  • $10.525,14 Millones para Equipamientos.
  • $33.393,54 Millones, asignando 824 SFV en las vigencias 2013-2014-2015-2021 en el marco del Programa de Vivienda Gratuita PVG-1.
  • $1.091,46 Millones asignando 56 SFV en las vigencias 2015-2016 en el marco del Programa de Vivienda de Interés Social para Ahorradores-VIPA.
  • $13.940,73 Millones asignando 696 SFV en las vigencias 2017-2018-2019-2020-2021-2022 en el marco del Programa MI CASA YA.
11. La Italia - Palmira(Valle)​

Gestor: Jaramillo Mora S.A.

Área Bruta Adopción: 97,07 hectáreas.

Potencial Soluciones Vivienda: 6.026 Soluciones.

Estructura Urbana: 2 Unidades de Ejecución en 9 Etapas.

Estado: Adoptado mediante Resolución No.0048 del 07 de febrero de 2012.

  • Urbanismo y Obras de Edificación terminadas para 5.420 soluciones de vivienda unifamiliares.
  • Entregadas 5.419 viviendas a igual número de hogares.

Recursos aportados por la Nación: 

  • $ 1.137,09 Millones para Equipamientos.
  • $22.173,39 Millones, asignando 1.150 SFV en las vigencias 2015-2017 en el marco del Programa de Vivienda de Interés Social para Ahorradores-VIPA.
12. PIDU  Mirador del Frayle - Candelaria (Valle)

Gestor: Constructora Bolívar S.A.

Área Bruta Adopción: 100,80 hectáreas.

Potencial Soluciones Vivienda: 6.568 Soluciones.

Estructura Urbana: 4 Unidades de Actuación Urbanística.

Estado: Adoptado mediante Resolución No.0389 del 27 de junio de 2014.

  • Urbanismo terminado para 1.865 soluciones de vivienda.
  • Obras de Edificación terminadas para 1.865  viviendas.
  • Entregadas 1.606 viviendas a igual número de hogares.

Recursos aportados por la Nación: 

  • $15.270,74 Millones asignando 300 SFV en las vigencias 2017-2018-2019-2021-2022 en el marco del Programa de Vivienda Gratuita II.
13. Pienta - Homenaje Comunero al Bicentenario - Piedecuesta (Santander)

Gestor: Gobernación de Santander.

Área Bruta Adopción: 124,98 hectáreas.

Potencial Soluciones Vivienda: 17.226 Soluciones.

Estructura Urbana: 8 Etapas de Ejecución.

Estado: Adoptado mediante Resolución No.0750 del 21 de noviembre de 2014, modificada por Resolución No.459 del 12 de julio de 2016.

  • Pendiente obtención de la Licencia de Urbanismo.

Recursos MISN aportados por la Nación: A la fecha no se han destinado recursos por este rubro.

Macroproyectos de Segunda Generación

Fecha de corte: 30 de noviembre de 2025

1. Santa Fé - Cali (Valle)

Gestor: Constructora Bolívar S.A.

Área Bruta Anunciada: 164,43 hectáreas.

  1. Potencial Soluciones Vivienda: 20.000 Soluciones.

Estructura Urbana: 7 Unidades de Ejecución.

Estado: Anunciado mediante Resolución No.551 del 23 de agosto de 2017.

  • En Concertación Formulación para Adopción con el Distrito de Santiago de Cali.




Formulación de Políticas del Desarrollo Urbano y Territorial

A través de la formulación de Políticas del Desarrollo Urbano y Territorial, orientamos el desarrollo de procesos de ordenamiento territorial y urbano que optimicen la implementación de los instrumentos de gestión, planificación y financiación del desarrollo urbano, con el fin de garantizar el uso racional, equitativo, productivo y sostenible del territorio, en armonía con los objetivos de desarrollo humano, social, económico y ambiental.

Relación de normas en materia de desarrollo urbano y territorial:

Número y año d​e expedición​ Denomin​ación​ Materia​
2002​ ​ ​
Decreto 47 de 2002 ​Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1052 de 1998. ​Transición curadores urbanos.
Decreto 52 de 2002 ​Por medio del cual se modifica y adiciona el Capítulo E del Decreto 33 de 1998. ​Norma Sismo resistente NSR 98.
Decreto 932 de 2002 * ​Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 388 de 1997. ​Revisión y ajuste de los POT.
Decreto 1337 de 2002 ​​Por el cual se reglamenta la Ley 388 de 1997 y el Decreto Ley 151 de 1998, en relación con la aplicación de compensaciones en tratamientos de conservación mediante la transferencia de derechos de construcción y desarrollo. ​Compensaciones en tratamientos de conservación mediante la transferencia de derechos de construcción y desarrollo.
2003​ ​ ​
Decreto 2079 de 2003 ​Por el cual se reglamenta el artículo 12 de la Ley 810 de 2003. ​Revisión y ajuste de los POT.
Decreto 2201 de 2003 ​Por el cual se reglamenta el artículo 10 de la Ley 388 de 1997. ​Ejecución de proyectos de utilidad pública e interés social a cargo de la Nación.
Decreto 2755 de 2003 ​Por medio del cual se reglamenta el artículo 207-2 del Estatuto Tributario ​Beneficios tributarios para la renovación urbana
2004​ ​ ​
Decreto 1788 de 2004​ ​Por el cual se reglamentan parcialmente las disposiciones referentes a la Participación en Plusvalía de que trata la Ley 388 de 1997. ​Participación en plusvalía.
Decreto 2060 de 2004 ** ​Por el cual se establecen normas mínimas para vivienda de interés social urbana. ​Normas mínimas para vivienda de interés social urbana.
Decreto 2083 de 2004 ​Por el cual se modifica el Decreto 2060 del 24 de junio de 2004 ​Normas mínimas para vivienda de interés social urbana.
Decreto 4002 de 2004 ​Por el cual se reglamentan los artículos 15 y 28 de la Ley 388 de 1997. ​Zonas de tolerancia y revisión POT.
2005​ ​ ​
Decreto 1538 de 2005 ​Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 361 de 1997. ​Accesibilidad al medio físico.
Decreto 1600 de 2005 ** ​Por el cual se reglamentan las disposiciones sobre licencias urbanísticas, reconocimiento de edificaciones y legalización de asentamientos humanos. ​Licencias urbanísticas.
2006​ ​ ​
Decreto 097 de 2006 ** ​Por el cual se reglamenta la expedición de licencias urbanísticas en suelo rural y se expiden otras disposiciones. ​Planes parciales.
Decreto 564 de 2006** ​Por el cual se reglamentan las disposiciones relativas a las licencias urbanísticas; al reconocimiento de edificaciones; a la función pública que desempeñan los curadores urbanos; a la legalización de asentamientos humanos constituidos por viviendas de interés social, y se expiden otras disposiciones. ​Licencias urbanísticas.
Decreto 2181 de 2006** ​Por el cual se reglamentan parcialmente las disposiciones relativas a planes parciales contenidas en la Ley 388 de 1997 y se dictan otras disposiciones en materia urbanística. ​Planes parciales.
Decreto 4397 de 2006​ ​Por el cual se modifican los Decretos 097 y 564 de 2006. ​Expedición de licencias urbanísticas en suelo rural.
Decreto 4462 de 2006* ​Por el cual se modifica el parágrafo 2° del artículo 63 del Decreto 564 de 2006 y se adoptan disposiciones en materia del reconocimiento de la existencia de edificaciones que hagan parte de proyectos de mejoramiento de vivienda de interés. ​Licencias urbanísticas.
2007​ ​ ​
Decreto 3600 de 2007**​ ​Por el cual se reglamentan las disposiciones de las Leyes 99 de 1993 y 388 de 1997 relativas a las determinantes de ordenamiento del suelo rural y al desarrollo de actuaciones urbanísticas de parcelación y edificación en este tipo de suelo y se adoptan otras disposiciones. ​Determinantes de ordenamiento del suelo rural.
Decreto 4259 de 2007 ​Por el cual se reglamenta el artículo 78 de la Ley 1151 de 2007. ​Macroproyectos de Interés Social Nacional.
Decreto 4260 de 2007**​ ​Por el cual se reglamentan los artículos 79 y 82 de la Ley 1151 de 2007. ​Macroproyectos de Interés Social Nacional.
Decreto 4300 de 2007 ​Por el cual se reglamentan las disposiciones relativas a planes parciales de que tratan los artículos 19 y 27 de la Ley 388 de 1997 y el artículo 80 de la Ley 1151 de 2007, se subrogan los artículos 1, 5,12 Y 1p del Decreto 2181 de 2006 y se dictan otras disposiciones. ​Planes parciales
2008​ ​ ​
Decreto 1100 de 2008* ​Por el cual se modifica el Decreto 564 de 2006 y se dictan otras disposiciones. ​Licencias urbanísticas.
Decreto 4065 de 2008 ​Por el cual se reglamentan las disposiciones de la Ley 388 de 1997 relativas a las actuaciones y procedimientos para la urbanización e incorporación al desarrollo de los predios y zonas comprendidas en suelo urbano y de expansión y se dictan otras disposiciones aplicables a la estimación y liquidación de la participación en plusvalía en los procesos de urbanización y edificación de inmuebles. ​Procedimientos para la urbanización e incorporación al desarrollo de los predios y zonas comprendidas en suelo urbano.
Decreto 4066 de 2008 ​Por el cual se modifican los artículos 1, 9, 10, 11, 14, 17,18 Y 19 del Decreto 3600 de 2007 y se dictan otras disposiciones. ​Determinantes de ordenamiento del suelo rural.
2009​ ​ ​
Decreto 1060 de 2009 ​Por el cual se reglamentan los artículo 3, 19 y 32 de la Ley 675 de 2001. ​Persona jurídica propiedad horizontal.
Decreto 1069 de 2009 ​Por el cual se establecen condiciones para el cálculo del índice de ocupación en las áreas de desarrollo restringido en suelo rural. ​Índice de ocupación en las áreas de desarrollo restringido en suelo rural.
​Decreto 1272 de 2009 ​Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 564 de 2006 y se dictan disposiciones para la optimización del trámite de expedición de licencias de construcción y sus modalidades. ​Categorización licencias de construcción.
Decreto 2810 de 2009* ​Por el cual se modifica el Decreto 564 del 24 de febrero de 2006 y se dictan otras disposiciones. ​Licencias urbanísticas.
Decreto 3641 de 2009 ​Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 3600 de 2007, modificado por el Decreto 4066 de 2008. ​Determinantes de ordenamiento del suelo rural.
Decreto 3671 de 2009 ​Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 4260 de 2007 y se dictan otras disposiciones. ​Macroproyectos de Interés Social Nacional.
Decreto 4550 de 2009 ​Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 4260 de 2007 y se dictan otras disposiciones. ​Macroproyectos de Interés Social Nacional.
Decreto 4550 de 2009 ​Por cual se reglamentan parcialmente el Decreto Ley 919 de 1989 y la Ley 1228 de 2008, especialmente en relación con la adecuación, reparación y/o reconstrucción de edificaciones, con posterioridad a la declaración de una situación de desastre o calamidad pública. ​Reparación y/o reconstrucción de edificaciones, con posterioridad a la declaración de una situación de desastre o calamidad pública.
2010​ ​ ​
Decreto 0798 de 2010 ​Por medio del cual se reglamenta parcialmente la Ley 1083 de 2006. ​Estándares urbanísticos, movilidad.
Decreto 0926 de 2010** ​Por el cual se establecen los requisitos de carácter técnico y científico para construcciones sismo resistentes NSR-10. ​Norma Sismo resistente NSR-10.
Decreto 1469 de 2010 ​Por el cual se reglamentan las disposiciones relativas a las licencias urbanísticas; al reconocimiento de edificaciones; a la función pública que desempeñan los curadores urbanos y se expiden otras disposiciones. ​Simplificación trámite de licenciamiento urbanístico y reconocimiento de edificaciones.
Decreto 2525 de 2010 ​Por el cual se modifica el Decreto 926 de 2010 y se dictan otras disposiciones. ​Vigencia NSR 10
​Decreto 2976 de 2010 ​Por el cual se reglamenta el parágrafo 3° del artículo 1° de la Ley 1228 de 2008, y se dictan otras disposiciones. ​Medidas especiales para fajas de retiro obligatorio o área de reserva o de exclusión en pasos urbanos.
Decreto Legislativo 4821 de 2010 ​Por el cual se adoptan medidas para garantizar la existencia de suelo urbanizable para los proyectos de construcción de vivienda y reubicación de asentamientos humanos para atender la situación de desastre nacional y de emergencia económica, social y ecológica nacional.
​Medidas excepcionales para atender la declaratoria de desastre. Fenómeno de la Niña.
Proyectos Integrales de Desarrollo Urbano – PIDU
Agrológicas, Desarrollo sin plan parcial, ampliación de macroproyectos.
2011​ ​ ​
Decreto 0092 de 2011 ​Por el cual se modifica el Decreto 926 de 2010 ​Modificación NSR-10
Resolución 204 de 2011 ​Por la cual se dicta el procedimiento interno para la adopción de Macroproyectos de Interés Social Nacional, se establecen requisitos técnicos, financieros y legales complementarios para su formulación y se crea el Comité Evaluador. ​Procedimiento para el estudio y trámite de Macroproyectos.
Decreto 1490 de 2011 ​Por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto 4821 de 2010. ​Proyectos Integrales de Desarrollo Urbano
Ampliación de Macroproyectos de Interés Social Nacional.
Ley 1450 de 2011 ​Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2010 – 2014. ​Temas de desarrollo urbano
Capitulo Vivienda y Ciudades Amables
Artículos 117 a 135.
Ley 1454 de 2011 ​Por la cual se dictan normas orgánicas sobre ordenamiento territorial y se modifican otras disposiciones. ​LOOT
Ley 1469 de 2011 ​Por la cual se adoptan medidas para promover la oferta de suelo urbanizable y se adoptan otras disposiciones para promover el acceso a la vivienda. ​Macroproyectos de Segunda Generación.
Decreto 3571 de 2011 ​Por el cual se establecen los objetivos, estructura, funciones del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y se integra el sector administrativo de Vivienda, Ciudad y Territorio. ​Creación Ministerio de vivienda
​Decreto 3860 de 2011 ​Por el cual se reglamenta la Ley 1454 de 2011 ​Conformación de la Comisión de Ordenamiento Territorial
Decreto Ley 4184 de 2001 ​Por el cual se crea la Empresa Nacional de Renovación y Desarrollo Urbano –Virgilio Barco Vargas–. ​Conformación de la ERU Virgilio Barco.
2012​ ​ ​
Decreto Ley 0019 de 2012 ​Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública. ​Normas anti trámite en sector vivienda
Decreto 0340 del 2012 ​Por el cual se modifica parcialmente el Reglamento de Construcciones Sismo Resistentes NSR-10 ​Modificación Títulos J y K de la NSR-10
Decreto 1310 de 2012 ​Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1469 de 2011 en lo relacionado con los Macroproyectos de Interés Social Nacional ​Macroproyectos segunda generación
Ley 1537 de 2012 ​Por la cual se dictan normas tendientes a facilitar y promover el desarrollo urbano y el acceso a la vivienda y se dictan otras disposiciones. ​Normas habilitación de suelo – programa 100.000 viviendas
Resolución 0469 del 2012 ​Por la cual se establecen los documentos necesarios para elaborar los estudios y cumplir los requisitos señalados en los artículos 10 y 15 del Decreto 1310 de 2012, a fin de adelantar la evaluación técnica, financiera y jurídica de los Macroproyectos de Interés Social Nacional, en las fases de prefactibilidad y formulación. ​Requisitos de evaluación, técnica, financiera y ambiental de los macro proyectos.
Resolución 0843 del 2012 ​Por la cual se adiciona la Resolución 1539 de 2011, que reglamenta el artículo 7 del Decreto 4808 de 2010. ​Amplió el espectro de los proyectos e inversiones que pueden ser objeto de la línea de redescuento en pesos con tasa compensada para la atención y prevención de desastres en  infraestructura para el sector vivienda de Findeter.
Resolución 0923 del 2012 ​Por la cual se señalan los municipios y distritos en los que se pueden formular Macroproyectos de impacto metropolitano o regional. ​Macroproyectos de escala regional.
Resolución 0931 del 2012 ​Por la cual se modifica la Resolución 1002 del 25 de mayo de 2010. ​Formulario licencias urbanísticas.
Decreto 2729 del 2012​ ​Por el cual se reglamenta el parágrafo 1º del artículo 61 de la Ley 388 de 1997 relativo al anuncio de programas, proyectos u obras de utilidad pública o interés social. ​Anuncio de proyectos
2013​ ​ ​
Decreto 075 del 2013 ​Por el cual se reglamentan el cumplimiento de los porcentajes de suelo destinado a programas de Vivienda de Interés Social para predios sujetos a los tratamientos urbanísticos de desarrollo y renovación urbana y se dictan otras disposiciones. ​Porcentajes VIS/VIP.
Decreto 0199 del 2013 ​Por el cual se reglamentan las condiciones para la concurrencia de terceros en la adquisición de inmuebles por enajenación voluntaria y expropiación por vía judicial o administrativa. ​Concurrencia de terceros.
Resolución 198 del 2013 ​Por la cual se regalmenta el Decreto 4808 de 2010, modificado por el Decreto 2762 de 2012 y se derogan las resoluciones 1539 de 2011 y 843 de 2012. ​Regula la línea de redescuento tasa compensada.
Resolución 205 del 2013

​​Por la cual se adopta la metodología para definir la viabilidad de designar curadores urbanos por primera vez o adicionar el número de los ya existentes en los municipios o distritos, y determinar el factor municipal.

 
Guía estudio técnico designación de curadores urbanos.
Metodología.

Metodología para designación de curadores urbanos.
Resolución 0344 del 2013

​Por la cual se establecen los lineamientos para el informe de lotes de que trata el artículo 45 de la Ley 1537 de 2012.

Formato de informe de predios

​Informe de lotes en suelo urbano y de expansión urbana que se puedan destinar al desarrollo de VIS.

Subdirección de Políticas de Desarrollo Urbano y Territorial

La Subdirección de Políticas de Desarrollo Urbano y Territorial (SPDUT) es la dependencia encargada de apoyar la formulación, diseño e implementación de políticas, normas e instrumentos técnicos orientados al fortalecimiento de los procesos de ordenamiento, planificación, gestión y financiación del desarrollo urbano y territorial del país. 

La Subdirección en el marco de sus competencias, contribuye al desarrollo urbano bajo la perspectiva de sostenibilidad y resiliencia con la expedición de normas y lineamientos técnicos articulando la política sectorial con el uso eficiente del suelo, la gestión del riesgo, adaptación al cambio climático, construcción sostenible y sismorresistente. 

Los ejes temáticos de la Subdirección son los siguientes: 

El Decreto 3571 de 2011, mediante el cual se establecieron los objetivos, estructura y funciones del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio (MVCT), definió a esta entidad como el órgano rector de la política pública de ordenamiento y desarrollo territorial urbano del país, consolidando su papel como responsable de la planificación integral de las ciudades y del uso eficiente y sostenible del suelo. 

De acuerdo con el artículo 1 del referido decreto, el objetivo fundamental del MVCT es formular, adoptar, dirigir, coordinar y ejecutar las políticas, planes y proyectos en materia de desarrollo territorial y urbano planificado, orientados a consolidar un sistema de ciudades equilibrado, con criterios de sostenibilidad ambiental, acceso a la vivienda y adecuada prestación de los servicios públicos domiciliarios. En este sentido, el Ministerio asume un rol estratégico en la articulación de las dimensiones físicas, sociales y económicas del territorio, asegurando la coherencia entre los instrumentos de planificación territorial y las políticas sectoriales. 

Entre las funciones generales asignadas al Ministerio se destacan la formulación y coordinación de las políticas de ordenamiento territorial, desarrollo urbano y uso del suelo, la definición de mecanismos e instrumentos técnicos y normativos para orientar los procesos de ordenamiento en los niveles nacional, regional y local, y la promoción de operaciones urbanas integrales que garanticen la habilitación de suelo urbanizable y la consolidación de un sistema urbano sostenible. 

El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio en términos de construcción sismorresistente contempla acciones para establecer requisitos mínimos que deben cumplir las edificaciones y otras estructuras en Colombia para garantizar su seguridad, funcionalidad y estabilidad frente a la acción de sismos y otras fuerzas impuestas por la naturaleza o por el uso propio, protegiendo la vida humana, reduciendo pérdidas materiales y asegurando la continuidad operativa de las edificaciones esenciales. 

El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio es la entidad que preside la Comisión Asesora Permanente (CAP) del Reglamento Colombiano de Construcción Sismorresistente NSR-10. Esta comisión, según los numerales 6° y 7° del artículo 41 de la Ley 400 de 1997, tiene la función, entre otras, de coordinar las investigaciones sobre las causas de fallas de estructuras y emitir conceptos sobre la aplicación de las normas de construcciones sismorresistentes, y es el órgano consultivo del Gobierno nacional en los aspectos técnicos que demande el desarrollo de las normas sobre construcciones sismorresistentes, así como sus actualizaciones. El MVCT tiene la función de gestionar la adopción de la norma y sus actualizaciones, conforme a los estudios y recomendaciones que brinda la CAP.   

Hoy en día, desde la CAP se está trabajando en la actualización del Reglamento Colombiano de Construcción Sismorresistente NSR-10, con el fin de incorporar nuevos avances en materia de ingeniería sísmica, adecuación a la realidad del territorio y fortalecer el papel de las técnicas tradicionales de construcción en nuestro territorio. 

Es por esto, que desde el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio se adelanta la contratación de los estudios técnicos para determinar los requisitos y criterios de diseño para el reconocimiento, construcción y reforzamiento de viviendas construidas con materiales vernáculos (palafíticas en madera, bahareque encementado y bahareque tradicional mejorado). 

El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, como rector en la política en materia de curadurías urbanas y en cumplimiento del numeral 5 del artículo 101 de la Ley 388 de 1997, ha trabajado constantemente en el conocimiento frente a los desafíos y retos que presenta la operación de dicha figura, asimismo, de igual forma se ha avanzado en brindar condiciones normativas para el funcionamiento de las curadurías urbanas en los municipios y distritos. Adicionalmente, ha sido la instancia que ha viabilizado su implementación, y ha dispuesto de las herramientas para el reporte de información que deben realizar ante esta cartera. 


Enlaces de Interés
  • Ley 388 de 1997, artículo 101  
  • Ley 1796 de 2016, TÍTULO III, IV y V   
  • Decreto 1077 de 2015, parte 2, libro 2, título 6, capítulo 6 (artículo 2.2.6.6.1.1 al 2.2.6.6.9.2) 
  • Resolución 205 de 2013  
  • Resolución 95 de 2019  
  • Resolución 72 de 2014 “Por la cual se decide la viabilidad para la designación de curadores urbanos por primera vez en el municipio de Girón – Santander” 
  • Resolución 150 de 2015 “Por la cual se decide la viabilidad para la designación de un curador urbano adicional en el municipio de Tuluá – Valle del Cauca”  
  • Resolución 199 de 2017 “Por la cual se decide aprobar el estudio técnico que sustenta la necesidad del servicio y la capacidad de sostenibilidad económica de las curadurías urbanas y se declara viable la designación por primera vez de los curadores urbanos en el Municipio de PiedeCuesta - Santander.”   
  • Resolución 947 de 2017 “Por la cual se decide aprobar el estudio técnico que sustenta la necesidad del servicio y la capacidad de sostenibilidad económica de las curadurías urbanas y se declara viable la designación de curadores urbanos en el municipio de Puerto Colombia - Atlántico.”   
  • Resolución 504 de 2019 “Por la cual se emite concepto favorable para dos (2) curadores urbanos en el municipio de Fusagasugá, Cundinamarca y se asigna el factor municipal para la liquidación de expensas”  
  • Resolución 505 de 2019 “Por la cual se emite concepto favorable para dos (2) curadores urbanos en el municipio de Yopal, Casanare y se asigna el factor municipal para la liquidación de expensas.”  
  • Resolución 681 de 2019 “Por la cual se emite concepto favorable para dos (2) curadores urbanos en el municipio de Rionegro, Antioquia y se asigna el factor municipal para la liquidación de expensas.”  
  • Resolución 750 de 2019 “Por la cual se emite concepto favorable para dos (2) curadores urbanos en el municipio de Yumbo, Valle del Cauca y se asigna el factor municipal para la liquidación de expensas.”  
  • Resolución 36 de 2020 “Por la cual se emite concepto favorable para dos (2) curadores urbanos en el municipio de Cajicá, Cundinamarca y se asigna el factor municipal para la liquidación de expensas.”  
  • Resolución 68 de 2020 “Por la cual se emite concepto favorable para dos (2) curadores urbanos en el municipio de Funza, Cundinamarca y se asigna el factor municipal para la liquidación de expensas.”  
  • Resolución 115 de 2020 “Por la cual se emite concepto favorable para dos (2) curadores urbanos en el municipio de Mosquera, Cundinamarca y se asigna el factor municipal para la liquidación de expensas.” 
  • Resolución 122 de 2020 “Por la cual se emite concepto favorable para dos (2) curadores urbanos en el municipio de Tocancipá, Cundinamarca y se asigna el factor municipal para la liquidación de expensas.”  
  • Resolución 785 de 2020 “Por la cual se emite concepto favorable para dos (2) curadores urbanos en el municipio de Cota, Cundinamarca y se asigna el factor municipal para la liquidación de expensas.”   
  • Resolución 387 de 2022 “Por la cual se emite concepto favorable para (2) curadores urbanos en el municipio de Jamundí, Valle del Cauca y se asigna el factor municipal para la liquidación de expensas.”  
  • Resolución 679 de 2024 “Por medio de la cual se emite concepto favorable para la designación de dos (2) curadores urbanos en el municipio de Chía, Cundinamarca, y se asigna el factor municipal para la liquidación de expensas.”   
  • Resolución 604 de 2025 “Por medio de la cual se emite concepto favorable sobre el estudio técnico del municipio de Madrid – Cundinamarca, y se asigna el factor municipal para la liquidación de expensas.”  

En el marco de lo referido en la Resolución 0194 de 2025 así como en la Política Nacional de Edificaciones Sostenibles, una edificación sostenible es aquella que está en sincronía con el sitio y hace uso de energía, agua y materiales de un modo eficiente, y provee confort y salud a sus usuarios. Esto se logra, a través de la incorporación de medidas diferenciadas por clima y tipo de desarrollo, asociadas al diseño y la dotación de la edificación, encaminadas al mejoramiento de la calidad de vida de sus habitantes y al ejercicio de actuaciones con responsabilidad ambiental y social. En ese sentido, con la expedición de la Resolución 0194 de 2025 (que sustituye la Resolución 0549 de 2015), el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio da un nuevo paso hacia la consolidación de parámetros y lineamientos técnicos de Construcción Sostenible para las edificaciones nuevas del país, los cuales buscan contribuir al ahorro de agua y energía para mitigar los impactos ambientales generados. 

De acuerdo con lo establecido en el artículo 17 del Decreto Ley 3571 de 2011, la Subdirección de Políticas de Desarrollo Urbano y Territorial, tiene entre otras, la función de apoyar la incorporación de la gestión del riesgo en la formulación de políticas y regulaciones de desarrollo urbano y territorial. 

Adicionalmente el artículo 2 del decreto, establece que el MVCT cumplirá, entre otras funciones, la de promover y orientar la incorporación de la gestión del riesgo en las políticas, programas y proyectos del sector, en coordinación con las entidades que hacen parte del Sistema Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres SNGRD del cual hace parte el MVCT. En ese marco le corresponde expedir normas, elaborar documentos técnicos, metodologías y orientaciones técnicas a fin de promover la gestión del riesgo en los procesos de planificación y ordenamiento territorial. 

En el marco de lo anterior, expidió el Decreto 1807 de 2014 compilado en el Decreto 1077 de 2015 que tiene por objeto reglamentar las condiciones técnicas para avanzar en la incorporación del riesgo de las amenazas de mayor frecuencia y afectación en el país (movimientos en masa, inundación y avenidas torrenciales). 

Fue publicada la Guía Metodológica para el Inventario de Asentamientos Localizados en Zonas de Alto Riesgo (IAZAR) y su aplicativo web son herramientas desarrolladas por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio de Colombia para apoyar a los municipios en la identificación, registro y gestión de asentamientos humanos ubicados en áreas con amenaza natural o no mitigable. 

La guía proporciona la metodología técnica y los criterios para recolectar y clasificar información sobre dichos asentamientos (características del terreno, riesgo, población, servicios, etc.), mientras que el aplicativo IAZAR permite digitalizar, centralizar y analizar los datos recopilados por los entes territoriales. 

El aplicativo IAZAR es una herramienta informática para registrar, sistematizar y analizar la información sobre asentamientos humanos ubicados en zonas de alto riesgo no mitigable. 

Modificado el Dom, 14/12/2025 - 20:44