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Diagnostico Integral de Archivos

En cumplimiento a la Ley 594 de 2000 – Ley General de Archivos, el Acuerdo 001 de 2024, título 1, capítulo 2, artículo 1.2.3. determina que, para realizar una adecuada planeación de la función archivística, los sujetos obligados deben realizar un diagnóstico integral de la gestión documental y administración de archivos. El diagnóstico debe ser elaborado considerando la totalidad de los documentos producidos o gestionados en soportes físicos o formatos electrónicos, dispuestos en diferentes medios y sistemas de información.
Definición

Procedimiento de observación, levantamiento de información y análisis, mediante el cual se establece el estado de los archivos y se determina la aplicación de los procesos archivísticos necesarios, con fundamento en el Modelo Integral de Gestión Documental y Administración de Archivos.           

Modificado el Mar, 02/06/2026 - 16:51