En cumplimiento a la Ley 594 de 2000 – Ley General de Archivos, el Decreto 1080 de 2018 sector cultura “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Cultura” capítulo V, determina en el artículo 2.8.2.5.8. Instrumentos archivísticos para la gestión documental. La gestión documental en las entidades públicas se desarrollará a partir instrumentos archivísticos entre los cuales se encuentra el Plan Institucional de Archivos – PINAR. Así mismo, en el Acuerdo 001 de 2024, título 1, capitulo 2, artículo 1.2.4. determina que, para la armonización de la planeación de la función archivística con la planeación estratégica institucional, los sujetos obligados deben formular, actualizar e implementar el Plan Institucional de Archivos – PINAR, el Programa de Gestión Documental – PGD con sus programas específicos y los planes del Sistema Integrado de Conservación.
Definición
Instrumento archivístico que permite agrupar la planeación, seguimiento e implementación de aspectos relevantes de los procesos de gestión documental y administración de archivos en cumplimiento de las normas y directrices determinadas por el Archivo General de la Nación Jorge Palacios Preciado.
Modificado el Lun, 01/06/2026 - 11:05
